Resolución de 2 de junio de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la primera convocatoria "Economía Circular y Transición Energética" para el año 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, en régimen de concesión directa (extracto)
BDNS 501660, 501661, 501662, 501663
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios.
Empresas y organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales, con las excepciones prevista en el apartado primero, punto 2.k2), de la convocatoria.
Segundo. Objeto.
Se subvencionará la realización de las siguientes actuaciones de acuerdo con el apartado primero, punto 2, de la convocatoria, pudiendo corresponder a alguna de las siguientes tipologías:
- Programa 1: Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas.
- Programa 2: Proyectos de ahorro y eficiencia energética.
- Programa 3: Proyectos de cogeneración de alta eficiencia.
- Programa 4: Proyectos de energía procedente de fuentes renovables.
- Programa 5: Proyectos para la gestión de residuos.
a) Programa 1: Ayudas para la realización de Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas según se establece en el apartado primero, punto 2.c), de la convocatoria.
Serán subvencionables aquellos proyectos que contemplen acciones encaminadas a subsanar o prevenir los daños al medio ambiente causados por la actividad de la empresa, a reducir el riesgo de tales daños o a un uso más eficiente de los recursos, tales como:
- Proyectos para la depuración de efluentes gaseosos y líquidos (depuradoras, incineradoras regenerativas, etc.).
- Proyectos para la reducción de emisiones de ruidos y vibraciones al ambiente.
- Proyectos de mejora en la gestión y tratamiento de residuos propios.
- Proyectos de modificación de los procesos y aplicación de mejores tecnologías disponibles al objeto de reducir su impacto ambiental o minimizar la generación de contaminantes.
- Proyectos de Economía Circular para la modificación de procesos que permita recuperar y reutilizar como materias primas las sustancias procedentes del flujo de residuos y subproductos.
- Proyectos encaminados a la reducción de las necesidades de recursos y materias primas.
- Proyectos de incorporación de equipos e instalaciones de medida y control de la contaminación.
- Proyectos de instalación de equipos, elementos y sistemas de medida y control de los consumos de recursos.
- Proyectos de sustitución de fuentes energéticas por otras menos contaminantes que utilicen tecnologías que supongan un ahorro energético además de la simple sustitución.
- Otros proyectos y medidas que permitan a las empresas incrementar el nivel de protección medioambiental.
b) Programa 2: Ayudas para la realización de Proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas según se establece en el apartado primero, punto 2.d), de la convocatoria.
Serán subvencionables aquellos proyectos que contemplen actuaciones encaminadas a un uso racional y eficiente de la energía que permitan a las empresas lograr ahorros en sus consumos energéticos, tales como:
- Proyectos de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas existentes.
- Proyectos de mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación existentes.
- Proyectos de mejora de la eficiencia energética de los procesos, instalaciones y/o equipos productivos consumidores de energía.
- Proyectos de rehabilitación de la envolvente térmica y otros elementos constructivos de los edificios.
- Proyectos para la gestión eficiente de flotas de transporte.
- Proyectos de instalación de equipos, elementos y sistemas de medida y control de los consumos energéticos.
- Otros proyectos y medidas que permitan a las empresas lograr una mayor eficiencia energética.
c) Programa 3: Ayudas para la realización de Proyectos de cogeneración de alta eficiencia en las empresas según se establece en el apartado primero, punto 2.e), de la convocatoria.
Serán subvencionables aquellos proyectos que contemplen actuaciones encaminadas a un uso racional y eficiente de las unidades de cogeneración a través de:
- Nuevas unidades de cogeneración.
- La mejora de unidades de cogeneración existentes.
- La conversión de una central de generación de electricidad ya existente en una unidad de cogeneración.
d) Programa 4: Ayudas para la realización de Proyectos de energía procedente de fuentes renovables en las empresas según se establece en el apartado primero, punto 2.f), de la convocatoria.
Serán subvencionables aquellos proyectos que contemplen actuaciones encaminadas a la promoción y uso eficiente de la energía procedente de fuentes renovables no fósiles, tales como:
- Proyectos de energía eólica.
- Proyectos de energía solar.
- Proyectos de energía aerotérmica.
- Proyectos de energía geotérmica.
- Proyectos de energía hidrotérmica.
- Proyectos de energía hidráulica.
- Proyectos de energía de biomasa.
- Proyectos de energía de gases de vertedero.
- Proyectos de energía de gases de plantas de depuración y biogases.
e) Programa 5: Ayudas para la realización de Proyectos para la gestión de residuos en las empresas según se establece en el apartado primero, punto 2.g), de la convocatoria.
Serán subvencionables aquellos proyectos que contemplen acciones encaminadas a la gestión de residuos y en especial los siguientes:
- Proyectos de prevención, reutilización y reciclado de residuos de otras empresas.
- Proyectos de reutilización o reciclado de agua o minerales de terceros que de lo contrario serían residuos no utilizados.
- Otros proyectos y medidas que permitan el tratamiento de los residuos de terceros según procedimientos más respetuosos del medio ambiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden DEI/11/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de las energías renovables, el ahorro y eficiencia energética y la protección del medio ambiente, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 600.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de septiembre de 2020, incluido.
La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada.
Sexto. Tramitación telemática.
Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es.)
- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 2 de junio de 2020.- El Gerente, Fernando San José Martínez.