Gobierno de La Rioja

Núm. 68
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 5 de junio de 2020
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..1438

Resolución de 2 de junio de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la primera convocatoria 2020 de las subvenciones destinadas al fomento de la industria agroalimentaria (pymes), en régimen de concesión directa (extracto)

BDNS: 501443, 501444

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios.

Pequeñas y medianas empresas cuya actividad sea la transformación y/o comercialización al por mayor de productos agroalimentarios.

Segundo. Objeto.

Fomentar y mejorar las condiciones de transformación y comercialización mayorista de los productos agrarios y alimentarios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEI/13/2018, de 1 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas al fomento de la industria agroalimentaria, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 7 de marzo de 2018).

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 1.860.000,00 euros.

a) Programa de proyectos de inversión promovidos por pequeñas y medianas empresas para la transformación de productos agrícolas en productos agrícolas y para la comercialización mayorista de productos agrícolas (Capítulo II, Sección 1ª, de la Orden): 1.500.000,00 euros.

b) Programa de proyectos de inversión promovidos por pequeñas y medianas empresas (Capítulo II, Sección 2ª de la Orden) para la transformación de productos agrícolas en productos no agrícolas: 360.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de septiembre de 2020, incluido.

Sexto. Tramitación telemática.

Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29/2017, de 10 de marzo).

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 9, de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)

- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 2 de junio de 2020.- El Gerente, Fernando San José Martínez.

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