Gobierno de La Rioja

Núm. 70
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 10 de junio de 2020
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
III..1470

Resolución de 6 de abril de 2020, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2020, de las ayudas económicas con carácter de subvención, a Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda (extracto)

BDNS: 502335

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Bases reguladoras.

Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden 12/2016, de 25 de abril, (Boletín Oficial de La Rioja 48 de 27/04/2016) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda.

Segundo. Objeto.

Convocar para el año 2020 las ayudas previstas en la Orden 12/2016, de 25 de abril, para la concesión de ayudas destinadas a la financiación de obras de mejora, conservación y gestión de recursos cinegéticos y adecuación de infraestructuras y equipamientos en Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda..

Tercero. Beneficiarios.

Podrán solicitar estas subvenciones los Ayuntamientos y Mancomunidades de municipios integrados en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda, y que mantengan núcleos de población habitados, de acuerdo a la Ley 2/1973, de 17 de marzo, de creación de trece reservas nacionales de caza.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba el gasto correspondiente a la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones, por un importe de doscientos ochenta y ocho mil setecientos euros (288.700 euros) con cargo a las siguientes partidas presupuestarias e importes que se describen a continuación:

09.07.4712.461.04: 2.000 euros.

09.07.4712.761.02: 260.650 euros.

09.07.4712.462.04: 300 euros.

09.07.4712.762.02: 25.750 euros.

del proyecto 80702.3 del presupuesto de gastos de Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica correspondiente al ejercicio de 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja:

(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01947)

- Solicitudes: Dada la naturaleza jurídica de los beneficiarios, o quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente. Si el interesado no dispone de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web: (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitar al órgano gestor que tramite dicha alta en la dirección de correo electrónico area.cazaypesca@larioja.org, indicando la dirección de correo electrónico que pretende que se le habilite. A través de esta dirección de correo electrónico se le avisará, con carácter informativo y no vinculante, de las notificaciones que tiene disponibles en la DEH.

Las solicitudes de subvención y documentación señaladas en los apartados anteriores se dirigirán a la Directora General de Biodiversidad en los modelos disponibles en la página web (www.larioja.org).

El registro telemático emitirá un mensaje de confirmación de la recepción en el que constarán los datos que identifiquen al interesado, junto con la fecha y hora en que se produjo la recepción, el número de registro y un extracto del contenido. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión, implica que la recepción no ha tenido lugar y que deberá ser intentada en otro momento o realizarla utilizando otros medios.

- Documentación: Junto a la solicitud se deberá presentar la documentación que se recoge en el artículo 11 de la de la orden reguladora.

- Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria se efectuará en régimen de concesión directa y están contempladas en la Orden APH/23/2018, de 27 de marzo.

-Concesión de la ayuda: La resolución de concesión de la subvención se dictará y notificará en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado el presente extracto de la resolución de convocatoria.

- Justificación y pago de la ayuda.- El procedimiento para la justificación del gasto y pago de las subvenciones es el establecido en el artículo 15 de la orden reguladora.

El plazo de justificación de esta convocatoria de ayudas concluirá el 30 de noviembre de 2020

Logroño a 6 de abril de 2020.- El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, José Luis Rubio Rodríguez.

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