Resolución de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones a asociaciones riojanas de utilidad pública e interés social para actividades deportivas de tiempo libre (extracto)
BDNS: 508890
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index.es).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las Asociaciones Riojanas sin ánimo de lucro, de utilidad pública e interés social legalmente constituidas e inscritas en el Registro Público correspondiente. Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 1% del total de puntos posible.
Segundo. Objeto.
La financiación de gastos de naturaleza corriente destinados a la promoción y participación en actividades deportivas de tiempo libre.
Tercero. Bases reguladoras.
Título III de la Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva, de 8 de marzo, (Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 22 de febrero de 2007).
Cuarto. Cuantía.
Un importe total de mil euros (1.000 euros) que se imputarán a la partida presupuestaria 2020.0803.3411.482.00.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja
(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=18408)
Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación: La prevista en el apartado décimo de la resolución de 8 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones a asociaciones riojanas de utilidad pública e interés social para actividades deportivas de tiempo libre.
Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado decimotercero de la resolución de 8 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones a asociaciones riojanas de utilidad pública e interés social para actividades deportivas de tiempo libre.
Logroño a 8 de junio de 2020.- El Consejero de Educación y Cultura, Luis Ignacio Cacho Vicente.