Gobierno de La Rioja

Núm. 73
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 17 de junio de 2020
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
III..1603

Resolución de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre (extracto)

BDNS: 509118

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index.es).

Primero. Beneficiarios.

Podrán acceder a estas subvenciones reguladas por el presente título aquellos las Entidades Locales y, organismos dependientes de las mismas, comprendidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 1% del total de puntos posible.

Segundo. Objeto.

La financiación de gastos de naturaleza corriente destinados a la promoción y participación en actividades deportivas de tiempo libre.

Se considerarán gastos realizados aquellos que fueran justificados conforme a lo previsto en la Orden aunque no hubieran sido efectivamente pagados en la fecha de la justificación. Se considerarán actividades deportivas de tiempo libre todas aquellas que no estén incluidas en el ámbito de las Federaciones Deportivas.

El periodo de realización de actividades será el comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 15 de marzo de 2020.

Tercero. Bases reguladoras.

Título III de la Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva (Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 22 de febrero de 2007).

Cuarto. Cuantía.

Un importe total de diecisiete mil veinte euros (17.020 euros) distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:

2020.0803.3411.461.00 - 16.000 euros.

2020.0803.3411.461.02 - 420 euros.

2020.0803.3411.462.01 - 600 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses computados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja

(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=18409)

Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación: La prevista en el apartado décimo de la resolución de 8 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.

Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado decimotercero de la resolución de 8 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.

Logroño a 8 de junio de 2020.- El Consejero de Educación y Cultura, Luis Ignacio Cacho Vicente.

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