Resolución de 8 de junio de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones para pruebas deportivas de carácter nacional e internacional (extracto)
BDNS: 509938
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index.es).
Primero. Beneficiarios
- Las Entidades locales comprendidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja y entidades con personalidad jurídica propia dependientes de las mismas.
- Las entidades deportivas riojanas, inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de La Rioja, que desarrollen su actividad mayoritariamente en esta Comunidad Autónoma, con excepción de las Sociedades Anónimas Deportivas, y las Agrupaciones Deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja.
Se entenderá que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y al menos el 85% de los encuentros y entrenamientos de competiciones los dispute en este territorio.
- Excepcionalmente, aquellos deportistas que vayan a participar en eventos deportivos en el extranjero, en campeonatos internacionales oficiales, o sean medallistas en Campeonatos de España, siempre y cuando no reciban ayudas de su club o federación ni sean beneficarios de manera particular de alguna de las subvenciones reguladas en esta Orden a través de cualquiera de sus Títulos o de ayudas procedentes de cualquier entidad integrante del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos expresados obtenga al menos 1% del total de puntos posible.
Segundo. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto colaborar en la financiación de los gastos de naturaleza corriente derivados de la organización o la participación en pruebas del ámbito federado de carácter nacional o internacional.
Se considerarán gastos realizados aquellos que fueran justificados conforme a lo previsto en la Orden reguladora aunque no hubieran sido efectivamente pagados en la fecha de la justificación.
Dichas actividades no podrán estar incluidas entre las que hayan sido objeto de ayuda a través de cualquiera de las Ordenes de Subvenciones de la Consejería con competencias en materia deportiva.
El periodo de realización de actividades será el comprendido entre el 1 de septiembre de 2019 y el 15 de marzo de 2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Título II de la Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva (Boletín Oficial de La Rioja número 25, de 22 de febrero de 2007).
Cuarto. Cuantía.
Un importe total de ciento once mil seiscientos treinta euros (111.630 euros) distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:
2020.0803.3411.461.00 - 1.820 euros
2020.0803.3411.470.00 - 1.400 euros
2020.0803.3411.483.00 - 108.410 euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses computados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja
(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01468)
Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación: La prevista en el apartado noveno de la resolución de 8 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones para pruebas deportivas de carácter nacional e internacional.
Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado decimosegundo de la resolución de 8 de junio de 2020, por la que se convocan subvenciones para pruebas deportivas de carácter nacional e internacional.
Logroño a 8 de junio de 2020.- El Consejero de Educación y Cultura, Luis Ignacio Cacho Vicente.