Resolución 500/2020, de 18 de junio, del Rector en funciones de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca procedimiento de selección de integrantes de lista de espera de la Escala Técnica de Especialistas en Gestión de Infraestructuras (subgrupo A2)
Con la finalidad de dar cobertura a las necesidades derivadas de las funciones encomendadas al Servicio de Infraestructuras de la Universidad de La Rioja, no existiendo personal funcionario de carrera o laboral permanente suficiente y habiéndose agotado la lista de espera de la Escala Técnica de Especialistas en Gestión de Infraestructuras (subgrupo A2) de la Universidad de La Rioja, se hace imprescindible la convocatoria urgente de proceso selectivo de personal interino en dicha escala. Por otra parte, la próxima convocatoria mediante el procedimiento de concurso-oposición de una plaza, derivada de la ejecución de la oferta de empleo público del personal de administración y servicios del año 2019, y, por tanto, la corta vigencia de la lista que se derive de la presente convocatoria, aconseja la realización de un proceso selectivo únicamente mediante la valoración de méritos.
Conforme a lo establecido en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en adelante EBEP, y la norma segunda de la Normativa de Gestión de las Listas de Espera de las Escalas del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de La Rioja, en adelante Normativa Listas de Espera, aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, en su reunión de 26 de julio de 2018, este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 53 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de La Rioja de 25 de marzo de 2004 (Boletín Oficial de La Rioja de 11 de mayo) según la redacción dada por la última modificación aprobada en Consejo de Gobierno de La Rioja de 28 de diciembre de 2017 (Boletín Oficial de La Rioja de 24 de enero de 2018), acuerda convocar un procedimiento de selección de integrantes de lista de espera de la Escala Técnica de Especialistas en Gestión de Infraestructuras (subgrupo A2) de la Universidad de La Rioja, con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales.
1.1.- El objeto de la presente convocatoria es la creación de una lista de espera para la cobertura como funcionarios interinos de futuras necesidades urgentes de personal en puestos de la Escala Técnica de Especialistas en Gestión de Infraestructuras (Grupo A, subgrupo A2), de la Universidad de La Rioja.
1.2.- Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el EBEP; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en cuanto no se opongan al mencionado EBEP; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los Estatutos de la propia Universidad, el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad de La Rioja, aprobado por el Consejo de Gobierno de 21 de marzo de 2017; la Normativa Listas de Espera, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3.- La lista de espera se ordenará por aplicación de los méritos indicados en la base 5.
2. Características de los puestos de trabajo.
2.1.- Las personas que integren la lista de espera generada por la presente convocatoria podrán ser llamadas para dar cobertura temporal a aquellas necesidades que, con carácter urgente, surjan en el Servicio de Infraestructuras de la Universidad de La Rioja, debiendo desarrollar las funciones que indican en el anexo I, según el perfil del candidato.
3. Requisitos de los candidatos.
3.1.- Para ser admitido al presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a.- Tener nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:
a.1.- Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
a.2.- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
a.3.- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b.- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto.
c.- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
d.- Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial o Arquitecto Técnico, o títulos equivalentes reconocidos oficialmente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento. Serán igualmente admitidos quienes estén en posesión de del título de Ingeniero Industrial o Arquitecto, o títulos equivalentes, reconocidos oficialmente.
e.- No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.2.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano estando en posesión de alguno de los siguientes diplomas o títulos: diploma de español nivel B2, diploma de español nivel C2, o sus respectivos equivalentes, establecidos en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (DELE); certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas; título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros títulos homologados a éstos.
3.3.- Se exceptúan de la acreditación indicada en el apartado anterior (3.2.) los nacionales de los países cuya lengua oficial o cooficial sea el español o castellano, o que hayan obtenido en España un título universitario, así como los aspirantes que tengan la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo, o hayan prestado servicios como funcionarios interinos, de cualquier administración perteneciente al sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
3.4.- Todos los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.
4. Solicitudes.
4.1.- Las solicitudes para participar en la presente convocatoria, dirigidas al Rector de la Universidad de La Rioja, se presentarán en la Sede Electrónica de la Universidad de La Rioja (https://sede.unirioja.es) a través del procedimiento 'Pruebas selectivas del PAS', para cuyo acceso se precisará disponer de un certificado electrónico válido.
4.2.- Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
4.3.- Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
4.3.1.- Datos de identidad del interesado. Con la participación en el proceso selectivo se presumirá la autorización para que la Universidad de La Rioja recabe los datos de identidad del solicitante, salvo que se haga constar su oposición expresa, en cuyo caso, deberá aportar copia del Documento Nacional de Identidad. En caso de no poseer la nacionalidad española se deberá adjuntar la documentación justificativa del cumplimiento de la base 3.1.a.
4.3.2.- Título académico oficial exigido o superior. En el caso de titulaciones extranjeras, la correspondiente copia de la homologación o credencial del reconocimiento del título.
4.3.3.- Documento 'Resumen de presentación de méritos' en formato PDF. Para obtener este documento se deberá registrar en la aplicación informática habilitada para la presentación de los méritos que está disponible en la dirección (https://www.unirioja.es/meritos_bolsa) donde se incluirá:
a) Detalle y autoevaluación de los méritos conforme con el baremo recogido en la base 5.1. Dicha autoevaluación vinculará al candidato, pero en ningún caso al Tribunal de selección, para el cual tendrá carácter meramente orientativo.
b) Justificación documental de cada mérito que se aportará en documento PDF.
Una vez introducidos los méritos en la aplicación, se podrá obtener el documento 'Resumen de presentación de méritos' que se deberá incluir necesariamente en la solicitud de la Sede Electrónica, de lo contrario, los méritos incluidos en la aplicación no serán tenidos en cuenta. Tampoco se valorarán los méritos que no estén incluidos en dicho documento, así como los que no se encuentren debidamente justificados.
4.4.- Durante el plazo de presentación de solicitudes se podrán añadir, modificar o suprimir los méritos presentados, teniendo en cuenta que la última presentación será la única que se considerará válida, quedando anuladas todas las presentaciones anteriores. Transcurrido dicho plazo, no se admitirán, en ningún caso, modificaciones de los méritos presentados o de las correspondientes justificaciones, ni la presentación de nuevos méritos o documentos.
4.5.- La Universidad podrá requerir del solicitante la documentación original de los documentos presentados en cualquiera de las fases del procedimiento selectivo o durante la vigencia de la lista de espera. En todo caso, antes de su nombramiento, deberán presentarse por el candidato seleccionado aquellos originales que le sean exigidos.
4.6.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo únicamente demandar su modificación dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
4.7.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Universidad de La Rioja procederá, en el plazo máximo de cinco hábiles días, a publicar la lista provisional de admitidos y excluidos en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la Rioja con indicación, en su caso, de las causas de exclusión, otorgando un plazo de cinco días hábiles para proceder a la subsanación.
4.8.- Finalizado el plazo de subsanación, la Universidad de La Rioja publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la Rioja la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión.
5. Selección y ordenación de los aspirantes.
La selección de los aspirantes que habrán de integrar la lista de espera se realizará por el Tribunal de Selección que se indica en la base 6, con arreglo al siguiente procedimiento:
5.1.- El Tribunal de Selección valorará los méritos académicos y profesionales debidamente acreditados por los aspirantes con arreglo al siguiente baremo:
5.1.1.- Servicios prestados similares a los indicados en el anexo I:
5.1.1.1.- En la Universidad de La Rioja, mediante relación laboral o funcionarial, a razón de 0,1 puntos por mes completo.
Estos servicios deberán ser justificados mediante la Hoja de Servicios que puede obtenerse en la Sede Electrónica de la Universidad de La Rioja.
5.1.1.2.- En otras administraciones públicas, mediante relación laboral o funcionarial, a razón de 0,05 puntos por mes completo.
Estos servicios deberán ser justificados mediante certificado de los servicios competentes en materia de personal del organismo correspondiente.
5.1.1.3.- En administraciones públicas mediante contrato administrativo, en entidades privadas o como profesional por cuenta propia, a razón de 0,025 puntos por mes completo.
Los servicios prestados en administraciones públicas, mediante contrato administrativo, serán justificados mediante certificado expedido por la administración contratante.
Los servicios prestados en entidades privadas serán justificados mediante certificado de la entidad contratante y acompañado con el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los servicios prestados por cuenta propia como profesionales serán justificados mediante certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en el que conste el período de alta en el epígrafe correspondiente a Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Aparejadores, Ingenieros Industriales o Ingenieros Técnicos Industriales.
5.1.2.- Titulaciones oficiales universitarias:
- Doctorado: 3 puntos
- Máster: 2 puntos
- Arquitecto, Ingeniero o Grado: 1 punto.
Solamente se valorarán aquellas titulaciones directamente relacionadas con Ingeniería Industrial o con Arquitectura.
5.2.- Finalizada la valoración, el Tribunal publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la Rioja la puntuación provisional obtenida.
5.3.- Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la provisional de los méritos para formular las alegaciones que estimen pertinentes.
5.4.- Finalizado el plazo de alegaciones y una vez asignada por el Tribunal la puntuación definitiva que corresponda a cada uno de los aspirantes, éstos serán ordenados en función de la puntuación total obtenida. Los empates de puntuación serán dirimidos a favor de aquellos aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado 5.1.1.1 y así sucesivamente hasta el apartado 5.1.2. De continuar el empate se atenderá al orden alfabético a partir de la letra que haya resultado elegida para el desarrollo de los procesos selectivos correspondiente a la última oferta de empleo público publicada por la Consejería de Administración Pública y Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La lista ordenada resultante con la puntuación definitiva obtenida se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la Rioja.
5.5.- Concluido el procedimiento, el Tribunal elevará propuesta definitiva para su aprobación por el Rector de la Universidad de La Rioja, quien ordenará la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de la resolución del proceso selectivo. La lista de espera será publicada en la página web de la Universidad de la Rioja: (https://www.unirioja.es/listasPAS)
6. Tribunal de selección.
6.1.- El Tribunal de selección estará formado por los miembros que figuran en el anexo II de la presente resolución.
6.2.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de La Rioja, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse en las circunstancias previstas en el citado artículo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
6.3.- Con anterioridad al inicio de la valoración de los méritos, el Rector de la Universidad publicará, en su caso, resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que han de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en el apartado anterior.
6.4.- Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente, el Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
6.5.- A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
6.6.- La participación en el Tribunal de Selección no devengará las asistencias previstas en el Reglamento regulador de las indemnizaciones por razón del servicio.
7. Funcionamiento de la lista ordenada.
7.1.- Si surgieran necesidades urgentes de personal de la Escala Técnica de Especialistas en Gestión de Infraestructuras se procederá a efectuar entrevista a los candidatos y en el orden que ocupen en la lista de espera. El resultado de la entrevista, debidamente justificado, deberá ser apto. En caso contrario serán excluidos de la misma.
En la lista se diferenciará cada uno de los perfiles indicados en al anexo I, en función de la titulación del candidato: perfil en Ingeniería y Energía (Ingeniero Técnico Industrial o similar) y perfil en Edificación (Arquitecto Técnico o similar).
7.2.- El procedimiento de gestión de la lista de espera generada por la presente convocatoria se someterá al establecido en la Normativa de Listas de Espera.
Los llamamientos se realizarán a los candidatos de uno u otro perfil, en función de las necesidades a cubrir. No obstante, en el caso de que los aspirantes de un perfil se agoten, se podrá, si las necesidades a cubrir lo permiten, efectuar llamamiento a los integrantes del otro perfil.
8. Vigencia de la lista ordenada.
8.1.- La lista de espera generada por la presente convocatoria perderá su vigencia por alguna de las causas establecidas en la norma Segunda de la Normativa Listas de Espera.
8.2.- La lista de espera generada por la presente convocatoria dejará sin efectos aquellas otras anteriores que pudieran existir correspondientes a la Escala Técnica de Especialistas en Gestión de Infraestructuras, o asimilables.
9. Norma final.
9.1.- La presentación de la solicitud para tomar parte en este proceso selectivo constituye la aceptación y sometimiento a las bases reguladoras de esta convocatoria.
9.2.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.3.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja. No obstante, se podrá optar por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño a 18 de junio de 2020.- El Rector en funciones, Julio Rubio García.
ANEXO I
Funciones de la escala técnica de especialistas en gestión de infraestructuras
Perfil: Ingeniería y Energía
- Realizar el cálculo, ejecución y el control de instalaciones nuevas.
- Realizar la evaluación de reformas de instalaciones, viabilidad, y, en su caso, ejecución y control.
- Realizar el estudio y preparación de presupuestos de ejecución de nuevas instalaciones.
- Realizar la supervisión, mantenimiento y control de los sistemas de gestión de instalaciones.
- Responsabilizarse de mantener actualizados los planos de las instalaciones.
- Responsabilizarse de mantener actualizado el estado de las instalaciones y sus inspecciones reglamentarias que resulten de aplicación en cada caso.
- Realizar los informes técnicos que le sean solicitados y supervisar los realizados por entidades externas.
- Proponer cuantas medidas tiendan a mejorar la seguridad en edificios, así como la seguridad e higiene en el trabajo.
- Asesorar en la elaboración de pliegos de prescripciones técnicas.
- Realizar sugerencias para la mejora del funcionamiento y de la calidad de la unidad en la que preste sus servicios.
- Colaborar en los proyectos de evaluación de los servicios.
- Realizar las tareas necesarias, afines a la categoría del puesto, que, por razones del servicio, le sean encomendadas por sus superiores.
- Participar en las reuniones y acontecimientos a que deba asistir en función de sus competencias.
Perfil: Edificación
- Realizar o intervenir en los proyectos de obras, reformas y acondicionamiento de locales y espacios de la Universidad de La Rioja.
- Realizar la evaluación de las reformas de edificios, viabilidad y, en su caso, ejecución y control.
- Realizar el estudio y preparación de presupuestos de ejecución de nuevas obras y de reparación o reforma.
- Responsabilizarse de mantener actualizados los planos de los edificios.
- Responsabilizarse de mantener actualizada la documentación que resulte de la aplicación de la reglamentación vigente.
- Responsabilizarse del mantenimiento de los elementos constructivos de los edificios del campus
- Realizar los informes técnicos que le sean solicitados y supervisar los realizados por entidades externas.
- Proponer cuantas medidas tiendan a mejorar la seguridad en edificios, así como la seguridad e higiene en el trabajo.
- Asesorar en la elaboración de pliegos de prescripciones técnicas.
- Realizar sugerencias para la mejora del funcionamiento y de la calidad de la unidad en la que preste sus servicios.
- Colaborar en los proyectos de evaluación de los servicios.
- Realizar las tareas necesarias, afines a la categoría del puesto, que, por razones del servicio, le sean encomendadas por sus superiores.
- Participar en las reuniones y acontecimientos a que deba asistir en función de sus competencias.
ANEXO II
Tribunal de Selección
Titulares:
Presidente: Joaquín Roncero Carrizosa
Vocal: Norberto Benavides Fernández
Vocal: Francisco Javier Lacoste Marín
Vocal: Ana Rosario Rodrigo Terroba
Secretario: Jesús Expósito Rodríguez
Suplentes:
Presidente: Jesús Andrés Cortabarría Jiménez
Vocal: Carlos Mayoral Hernández
Vocal: Myriam Gutiérrez Galerón
Vocal: Francisco Miguel Gallardo Serrano
Secretaria: Elena Blanco Elizondo