Gobierno de La Rioja

Núm. 77
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 24 de junio de 2020
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
III..1715

Resolución de 21 de junio de 2020, de la Dirección General de Educación, por la que se aprueba la Guía de medidas específicas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 tras la superación de la fase 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad, en actividades de ocio y tiempo libre en escuelas infantiles, ludotecas, talleres, y otros espacios educativos, dirigidas a la población infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja

El apartado quinto de la Resolución de 20 de junio de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, por la que se dispone la

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2020 por el que se adoptan las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 , tras la superación de la fase 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad (Boletín Oficial de La Rioja 20 de junio de 2020), dispone que las medidas previstas en el Acuerdo podrán ser completadas por guías adaptadas a cada sector de actividad.

En el ámbito educativo la disposición quinta del anexo contiene las medidas relativas a centros docentes y establece que las ludotecas y centros educativos infantiles, de 0 a 6 años, privadas y municipales, se regularán mediante guías y resoluciones realizadas por la Dirección General de Educación.

Asimismo, el punto 28 del apartado 7 determina las condiciones para la realización de las actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil.

La presente Resolución pretende por lo tanto establecer las medidas específicas que son de aplicación a los centros educativos infantiles, sea cual sea su titularidad y a las ludotecas y las actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil, ya que las dirigidas a la población juvenil se han determinado por la Dirección General de Juventud.

Por ello, esta Dirección General, en aplicación de las competencias que le atribuye el Decreto 40/2019, de 10 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de La Rioja.

RESUELVO

Único-Disponer la publicación de la Guía de medidas específicas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 tras la superación de la fase 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad actividades de ocio y tiempo libre en escuelas infantiles, ludotecas, talleres, y otros espacios educativos, dirigidas a la población infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja que se transcribe a continuación:

1.- Introducción.

La Dirección General de Educación ha realizado un trabajo de estudio de los protocolos y guías generales y específicos de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, del MEFP y otras entidades para configurar esta guía, la cual ha sido validada por la Dirección General de Salud, Consumo y Cuidados de la Comunidad de la Rioja.

Este  documento no sustituye en ningún caso a las medidas de los servicios de prevención de riesgos laborales y a las de  las autoridades sanitarias, y a otros documentos que establezcan entidades con competencias en este tema, sino que es un apoyo para las personas responsables de la realización de actividades de ocio y tiempo libre, con recomendaciones basadas en la evidencia científica sanitaria conocida hasta el momento y en las guías publicadas a este respecto por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Educación. Esta guía se irá actualizando paulatinamente según se modifiquen las recomendaciones de las entidades competentes, cambie la evidencia científica o cambie la situación epidemiológica.

Se establecen estas recomendaciones para facilitar la organización de las actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil autorizadas por la Comunidad de la Rioja (CAR), sin perjuicio de lo que dispongan la autoridad competente y otras entidades implicadas.

Se crea una organización teniendo en cuenta tres aspectos principales:

1. Implementación de las medidas de prevención necesarias y recomendadas para el control de la COVID-19.

2. Información y formación sobre estas medidas.

3. Control, manejo y trazabilidad de los posibles contagios.

2.- Medidas de protección a implantar.

El presente documento recoge las Recomendaciones de prevención e higiene frente al SARS-CoV2 del Ministerio de Sanidad, que se señalan en la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, cuyo seguimiento se considera necesario para el control de la COVID-19 en las actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil en la Fase 3 y las recomendaciones del ministerio de sanidad para la recuperación de las actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil versión 2 del 16-06-20,añadiendo las recomendaciones específicas para prevención de los trabajadores desarrolladas por los SPRL implicados.

Las medidas a implantar para la prevención de la transmisión del SARS-CoV2, deberán centrarse fundamentalmente en:

a) Reforzar medidas de higiene y protección personal:

- Higiene de manos frecuente, siguiendo las recomendaciones del ministerio de sanidad, OMS, CDC etc.

- En aquellos casos en los que pueda ser posible, mantener el distanciamiento físico mínimo 1,5 metros. Si esto no fuera posible, se utilizará medidas de protección individual: mascarilla (Recomendaciones del Ministerio de Sanidad), guantes u otros equipos de Protección según el riesgo y la actividad.

- Evitar tocarse la nariz, boca y ojos, al toser y/o estornudar.

b) Garantizar la Higiene de los espacios cerrados:

- Ventilación frecuente sin crear corrientes de aire.

- Limpieza y desinfección de superficies mediante el uso de productos de acuerdo con las indicaciones establecidas por la autoridad sanitaria.

- Gestión de residuos adecuada de acuerdo con las indicaciones establecidas por la autoridad sanitaria.

c) Información y formación específica:

- Carteles y señalización que fomenten las medidas de higiene y prevención (se crearán en colaboración con la autoridad competente en Salud).

- Se debe fomentar y educar en una correcta higiene de manos de forma frecuente y meticulosa.

- Difusión previa del material informativo tanto a profesionales, participantes y responsables de las actividades antes de la realización de las mismas. Se recomienda impartir una charla de formación al comienzo de cada convivencia o actividad por parte del equipo responsable a participantes para dar énfasis a las medidas preventivas que se han de tomar.

- La organización deberá proporcionar a monitores y monitoras información/formación específica y actualizada sobre prevención y protección ante la COVID-19, y sobre las medidas y protocolos específicos que se implanten.

3.- Recomendaciones específicas para en actividades de ocio y tiempo libre en escuelas infantiles,  ludotecas, talleres y otros espacios educativos, dirigidas a población infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

a) Sobre los participantes

- Se permite la participación de personas de distinta Comunidad Autónoma o País siempre que la situación epidemiológica en ese momento lo permita siguiendo las recomendaciones de la autoridad competente.

- No podrán participar en la actividad aquellas personas que:

= Presenten síntomas compatibles con COVID-19 o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.

= Las personas especialmente vulnerables para COVID-19 (personas con enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión arterial, enfermedad pulmonar crónica, diabetes, insuficiencia renal crónica, cáncer en fase de tratamiento activo, enfermedad hepática crónica severa, obesidad Mórbida (IMC>40), inmunodepresión, embarazo y mayores de 60 años), podrán realizar la actividad, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo las medidas de protección de forma rigurosa. En caso de duda, el médico de referencia deberá evaluar a los participantes especialmente sensibles a la infección por coronavirus y emitir un informe sobre la idoneidad de participar en la actividad. Si finalmente participa en la actividad se le dará información sobre medidas de prevención, adaptación y protección necesarias, siguiendo las recomendaciones del ministerio. ''Medidas Higiénicas para la prevención de contagios' 06.04.2020.'' Recomendaciones de actuación desde el sistema público de protección a la infancia y a la adolescencia ante la crisis por COVID-19'' 04.05.2020 o las sucesivas medidas que implante la autoridad competente.

- Las familias son un pilar importante en la prevención y el control de síntomas en el alumnado, por ello, las familias vigilarán el estado de salud y realizarán una toma de temperatura todos los días antes de salir de casa para ir al centro educativo. Si el alumno/a tuviera fiebre o síntomas compatibles con COVID-19 NO deberá asistir a la actividad debiendo llamar a su médico de referencia.

- Una vez transcurrida la fecha del alta epidemiológica, la persona afectada por Covid-19 podrá participar en las actividades con la autorización de las autoridades competentes.

b) Sobre los compromisos de participantes y de sus tutores/as legales:

- Deberán firmar un documento en el que acepten las condiciones de participación, obligación de información y consentimiento informado (ANEXO 1).

- Deberán notificar al monitor/a responsable del grupo, a través de móvil o de otro medio que se habilite para este fin, si el/la participante presenta síntomas.

- En el caso de ausencias, se deberá notificar el motivo a la persona responsable de la actividad.

c) Sobre los monitores/as:

- Se siguen las mismas recomendaciones anteriores.

- El monitor/a será responsable de que en su grupo se cumplan las condiciones de seguridad necesarias para evitar contagios por COVID-19 debiendo informar a su grupo de participantes sobre las medidas higiénico-sanitarias y las normas a seguir durante el desarrollo de la actividad.

- El monitor/a deberá notificar cualquier incidencia a la persona responsable de la actividad.

d) Documentación previa al desarrollo de la actividad:

- La solicitud para obtener la autorización de actividades de ocio y tiempo libre, con la población infantil deberá incluir un proyecto/plan de actividades donde se contemplen las medidas de seguridad y salud para la prevención de la transmisión del COVID-19. Esta solicitud se presentará a la autoridad competente (consejerías, direcciones generales, ayuntamientos...).

- La propuesta deberá:

= Aplicar los protocolos y/o instrucciones que se determinen, en cada momento, por la autoridad sanitaria y consejería competente en la materia.

= Incorporar las medidas de carácter general.

= Incorporar las medidas previstas para la nueva normalidad.

= Incorporar aspectos de la legislación vigente.

- El Plan deberá contener:

= Medidas de control y prevención de la transmisión con motivo  de la Covid-19.

= Cumplimiento de medidas personales de higiene y prevención obligatorias.

= Protección de los colectivos de riesgo y en desventaja social.

= Documento o dirección del enlace para realizar la inscripción en las actividades.

= Adecuación y reorganización de las actividades presenciales (llegadas, salidas, grupos, manutención, etc.) que eviten las aglomeraciones y permitan las medidas indicadas de prevención.

= Equipo de monitores/as como responsables de los grupos de actividad, formación específica sobre medidas y protocolos, número de participantes por cada monitor/a: máximo de 10 incluido monitor.

= Equipamiento básico de seguridad e higiene para participantes, monitores/as y profesionales durante el desarrollo de la actividad.

= Medidas específicas para el equipo de profesionales que desarrollen su labor en la actividad (recomendaciones de los SPRL).

= Procedimiento de vigilancia, identificación y manejo de casos indicados por la autoridad en sanitaria.

e) Sobre la inscripción:

La inscripción a la actividad se realizará preferentemente de forma online. Se podrá hacer de forma presencial si se cumplen todos los requisitos normativamente fijados de atención al público en las oficinas o sedes de las entidades organizadoras.

f) Sobre la acogida/entrada/salida de participantes:

- Se recomienda escalonar las entradas y salidas, o distribuirlas por distintos accesos para evitar las aglomeraciones (recogido en el proyecto/plan de actividades).

- Habrá que registrar diariamente a todas las personas, incluido proveedores, que entren en el centro en el que se desarrolle la actividad o participen en las actividades de ocio y tiempo libre, reduciendo al máximo el número de personas que se relacionan fuera del grupo de convivencia estable.

- Preferentemente la llegada y la salida de participantes se hará en vehículos particulares. Si se hace en transportes públicos o privados deberán seguir y acreditar a la entidad organizadora el cumplimiento de las medidas indicadas por el ministerio competente.

- Indicaciones del ministerio de transportes, movilidad y agenda urbana (Condiciones del transporte de Viajeros*)

- El monitor responsable de cada grupo será el encargado de recibir y despedir a su grupo (GCE).

g) Sobre la planificación de las actividades:

- En la medida de lo posible se dará prioridad a infancia y juventud con necesidades especiales, diversidad funcional o situación social desfavorecida.

- Se deben organizar las actividades de manera que se mantenga una distancia interpersonal como mínimo de 1.5 metros, teniendo en cuenta las indicaciones de GCE.

- En aquellas circunstancias en las que no se pueda garantizar la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros, se deben usar mascarillas, en mayores de 6 años, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

- La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

= Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

= Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

= Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

= Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Se priorizarán las actividades realizadas al aire libre.

- Se evitarán las aglomeraciones, organizando la participación en las actividades de forma escalonada.

- La actividad se desarrollará cumpliendo la ratio indicada por tramos de edad.

- La organización deberá, una vez establecidos los GCE, elaborar un documento en el que se reflejen los datos de cada participante y los posibles contactos entre ellos, profesionales y monitores/as que estén en la actividad identificando los grupos de convivencia estable (por nombre o número). En el caso de que se reúna más de un grupo en algún momento de la actividad, por circunstancias justificadas o por alteraciones en la organización, se deberá dejar constancia en ese mismo documento.

- Se desaconsejan las visitas familiares en aquellas actividades que se realicen fuera del municipio.

- La entidad organizadora deberá coordinarse con sus equivalentes en la zona para evitar aglomeraciones, así como con las autoridades competentes, para un uso ordenado y seguro de los espacios públicos.

- El uso de guantes no es recomendable de forma general, pero sí en los casos de manipulación de alimentos, cambio de pañales y tareas de limpieza.

- Se asegurará que todas las personas tengan permanentemente a su disposición en el lugar de la actividad agua, jabón y papel para el secado de manos y/o geles hidroalcohólicos, o desinfectantes con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.

- Se colocarán geles hidroalcohólicos en lugares estratégicos (entrada y salida a las instalaciones, aseos, cerca de materiales de uso continuo como ordenadores, instrumentos, material fungible, juguetes...) y en la puerta de las estancias.

- La organización facilitará el acceso a mascarillas y el equipo de protección necesarios según el riesgo indicado por el SPRL y la autoridad competente en cuanto a uso y duración.

- Se deben evitar aquellas formas sociales que impliquen contacto físico y más estrictamente fuera de los grupos de convivencia estable.

- No se podrá compartir material de uso individual entre participantes sin que haya sido lavado previamente y desinfectado (ejemplos: cascos, textiles, bastones de senderismo, juguetes, etc.)

- Deberá realizarse lavado de manos o, en su caso, si las manos  no presentan restosd e suciedad, desinfección de manos con gel hidroalcohólico entre actividades.

- Implementación de señalización con las medidas de higiene y prevención y señalética de organización en las instalaciones para su conocimiento general, ubicándose esta señalización en zonas clave, como cuartos de baño, comedores, pasillos, puertas de entrada a estancias, etc.

- Se intensificarán los mensajes y cartelerías recordando los comportamientos, medidas de higiene, etc.

- Se deberán reforzar las tareas de limpieza y desinfección, aumentando la frecuencia en los espacios comunes. La organización deberá contar con productos suficientes para acometer las tareas de limpieza y desinfección. Estos productos deben encontrase en el listado de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/Listado_virucidas.pdf) Debería haber alguien encargado de la limpieza durante toda la actividad o en su defecto un monitor encargado de tal labor durante toda la actividad con conocimientos básicos y material de protección (guantes, mascarilla y bata necesarios según recomendaciones del SPRL).

- El uso de aseos se hará por turnos, con personas del mismo grupo de convivencia estable y garantizando siempre la limpieza, desinfección y ventilación tras cada uso.

- En todos los casos se garantizará el cumplimiento de protocolos de prevención.

h) Información a las familias previas al desarrollo de la actividad:

La organización deberá facilitar a los participantes y a sus tutores/as legales antes de la realización de la actividad los siguientes documentos:

- Documento con las medidas de prevención (plan/proyecto) que se tomarán en materia de higiene y seguridad durante el desarrollo de la actividad. En dicho documento deberán constar claramente las medidas generales de higiene y prevención.

- Procedimiento de vigilancia, identificación y manejo de casos de posibles contagios.

- Documento de aceptación de condiciones de participación, obligación de información y consentimiento informado, que deberá ser firmado por quienes participen en la actividad o sus tutores/as legales (ANEXO I).

- Documento en el que se incluyan los datos de contacto de la persona responsable de la actividad, así como el contacto o el medio en el que deberán notificar a diario la ausencia de síntomas asociados a la COVID-19.

i) Disponer de un procedimiento de vigilancia, identificación y manejo de casos. Todas las entidades organizadoras deben garantizar desde el inicio de la actividad la disponibilidad y aplicabilidad de un procedimiento escrito que incluya:

- La información que posibilite la identificación de síntomas compatibles con COVID-19 (p.ej. preguntar a diario si los/las participantes presentan síntomas y registrarlo por escrito).

- El manejo operativo en caso de que aparezcan estos síntomas en participantes/trabajadores-as/educadores-as/monitores-as/profesionales relacionados con la actividad. Incluir manejo de personas con síntomas (ANEXO II).

- Las situaciones que determinan la exclusión de las actividades, de participantes y profesionales.

- Las especificaciones de aplicación tanto a participantes beneficiarios de las actividades de ocio como del personal que trabaja (educadores/as, monitoras/es) vinculados a las mismas.

- Las especificidades correspondientes a colectivos con especial vulnerabilidad para la COVID-19.

- El procedimiento de comunicación y coordinación con las autoridades sanitarias competentes en cada caso o circunstancia (Atención Primaria/Salud Pública/Prevención de Riesgos Laborales).

Las personas responsables que organizan deben garantizar la difusión y acceso a este procedimiento escrito para la identificación de síntomas; así como la trazabilidad en caso de que se active el mismo a lo largo del desarrollo de la actividad primando como método de control el GCE.

j) Sobre el manejo de casos y la colaboración con las Autoridades Sanitarias.

Desde el inicio de la actividad, se debe disponer de un procedimiento de manejo de casos y contactos, que debe ser coherente con los recursos e indicaciones que estén establecidas en el ámbito territorial concreto en el que se desarrolle esa actividad de ocio infantil. El procedimiento debe incluir tanto a participantes como al personal que trabaja.

4.- Medidas de protección del personal.

Se asegurará que todo el personal trabajador tenga permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo, agua-jabón o geles hidroalcohólicos o desinfectantes viricidas autorizados por el Ministerio de Sanidad (y siempre colocados fuera del alcance de los niños), para la limpieza de las manos.

Asimismo, cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros, se asegurará que el personal trabajador disponga de material  de protección adecuado con el nivel de riesgo según las indicaciones del SPRL, así como de la formación para la correcta utilización de dicho material.

- El lavado de manos se hará de manera frecuente, sobre todo:

= Antes y después de contactar con la persona usuaria.

= Antes y después de preparar comidas o bebidas.

= Antes y después de comer o manipular comida, o de alimentar a niñas y niños.

= Antes y después de administrar medicamentos o aplicar ungüentos medicinales.

= Antes y después de cambiar el pañal.

= Después de usar el baño o ayudar a un/a niño/a usar el baño.

= Después de entrar en contacto con líquidos corporales.

= Al llegar al establecimiento o lugar donde se desarrolle las actividades de ocio y tiempo libre.

- El personal trabajador deberá llevar en todo momento mascarilla en los casos en los que no sea posible guardar 1,5 metros de distancia con otra persona.

- El centro dispondrá de carteles explicativos de uso y desecho de este material, sobre la técnica correcta de la higiene de manos y el tratamiento diario de limpieza de la ropa de trabajo. El lavado del uniforme se debe a realizar a 60-90º. Cuando se transporte ropa del trabajo, ésta debe introducirse en una bolsa hermética cerrada y se lavará en casa sin mezclarla con otro tipo de ropa.


5.- Protección de las y los participantes y trabajadores/as.

- Población infantil menor de 6 años, no se recomienda llevar mascarillas en este caso cobra especial importancia el GCE para el control y trazabilidad de los posibles contagios basándose toda la actividad en el mantenimiento de estos GCE.

- Los niños/as deberán lavarse las manos frecuentemente, con agua y jabón, supervisado por algún cuidador/a.

- Evitar aglomeraciones utilizando diferentes horarios para que no se mezclen en espacios comunes como vestuarios, aseos, etc...

- Las mesas, sillas, walkies, cascos y todo el material no desechable preciso para desarrollar las actividades de ocio y tiempo libre deberá ser lavado y desinfectado después de cada uso individual.

- Evitar el uso de pulseras, relojes, anillos, etc., y llevar el cabello recogido.

- Desinfectar frecuentemente, a lo largo de toda la jornada laboral, los objetos de uso personal (gafas, móviles, etc.) con una solución desinfectante o con agua y jabón cuando sea factible, y con el cambio de turno, los elementos del puesto de trabajo (pantalla, teclado, etc.).

- En caso de que la empresa realice transporte privado en vehículos 4 x 4, bus, etc., deben cumplirse las medidas estipuladas por las autoridades sanitarias.

- Vajilla y utensilios se recomienda de uso individual y exclusivo de cada participante.

- Las fuentes de agua deben permanecer cerradas, salvo aquellas que no permitan su uso para beber directamente, pero si rellenar botellas. Se recomienda que traigan su botella y que sea de uso individual rotulando previamente.

- Lavar la ropa de cama y colchonetas, mínimo una vez a la semana o antes de que la use otra/o niña/o.

- Desinfección diaria de superficies sobre todo mesas de trabajo, equipamiento deportivo, pomos de puerta, los interruptores, encimeras, etc.

- Uso de viricidas aprobados y recomendados y ventilar frecuentemente.

- Se lavarán minuciosamente las manos tras estornudar, sonarse la nariz o toser o tras tocar superficies potencialmente contaminadas (dinero, juguetes, material deportivo, material de psicomotricidad, etc.).

6.- Recomendaciones para las instalaciones y emplazamientos en los que se realicen actividades infantiles

a) Condiciones generales:

i. Se desarrollará un protocolo general con las medidas a implantar en relación a la prevención del COVID-19. Se incluye un anexo con las principales medidas de limpieza e higiene.

ii. Antes de la reapertura y entre una ocupación y otra, se deberá realizar una limpieza de las instalaciones.

iii. Se deberá organizar la circulación y distribución de espacios para evitar aglomeraciones mediante reducción de aforo, establecimiento de turnos, barreras de protección, etc.

iv. Se deberán respetar las medidas de distanciamiento previstas en vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores o en cualquier otra zona de uso común.

v. Se marcarán, en la medida de lo posible, zonas diferenciadas de entrada y salida.

vi. En las zonas comunes y en el interior de las estancias, se dispondrán de papeleras o contenedores con tapa de accionamiento con pedal y bolsa. Estas zonas deberán permanecer cerradas cuando no se vayan a usar.

vii. En la entrada y salida de zonas comunes, estancias y de paso deberán colocarse geles hidroalcohólicos.

viii. Deberán retirarse todos aquellos elementos decorativos, muebles y enseres no imprescindibles.

ix. Cuando en los centros, entidades, locales y establecimientos haya ascensor o montacargas, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de 1,5 metros entre ellas, o en aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante.

b) Equipamientos básicos de seguridad e higiene

i. La instalación deberá asegurar el suministro suficiente de los equipos higiénicos básicos antes de la reapertura, para uso tanto de las personas usuarias como de las personas trabajadoras, especialmente el personal de limpieza, para garantizar la aplicación continuada de las medidas de prevención y protección establecidas.

ii. Los equipamientos básicos mínimos que deben tener son:

- Termómetro que no implique contacto físico.

- Equipos de protección individual para las personas trabajadoras.

- Jabón, papel secamanos, dispensadores de solución hidroalcohólica y papeleras con bolsa, tapa y pedal.

- Material de limpieza, entre ellos lejía y productos autorizados por el Ministerio de Sanidad para la desinfección.

c) Comedores y cocinas:

i. Se garantizará la separación de 1.5 metros entre comensales.

ii. Si se realizan turnos, deberá procederse a la limpieza y desinfección de mesas y sillas entre un turno y otro y a la ventilación del comedor.

iii. Priorizar la utilización de mantelería de un solo uso. En el caso de que no fuera factible debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintas personas, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios. Debe asegurarse la limpieza de las superficies de la mesa o sillas que entran en contacto con las personas. La superficie de las mesas (en caso de que éstas no se cubran) y apoyabrazos, según aplique, deben limpiarse después de cada uso.

iv. Los electrodomésticos comunes (cafeteras, microondas, etc.) se deben limpiar tras su uso.

v. Se deben eliminar productos de autoservicio (servilleteros, palilleros, vinagreras, etc.) priorizando monodosis desechables.

vi. En el caso de realizar desayunos, almuerzos o comidas tipo ''buffets'' habrá una persona encargada de suministrar la comida a cada participante que portará el correspondiente equipo de protección individual. No está permitido el sistema de autoservicio.

d) Aseos y cuartos de baño:

i. Se limitará el aforo para respetar la distancia mínima de 1,5 metros.

ii. El uso de aseos y duchas se hará por turnos, con personas del mismo grupo y garantizando siempre la limpieza, desinfección y ventilación tras cada uso.

iii. Se deberá garantizar el suministro de jabón, gel desinfectante y papel de secado de manos.

iv. Las duchas se utilizarán con calzado adecuado.

v. No se permite intercambio de toallas, alfombrillas, esponjas, etc.

vi. Se desaconsejan los secadores de mano por aire ya que favorecen la formación de aerosoles y diseminación de microorganismos.

vii. Se colocarán papeleras con bolsa, tapa y pedal.

e) Medidas generales relacionadas con la limpieza y la higiene en la realización de las tareas

i. Se deberá tener agua y jabón, así como solución desinfectante para las manos disponible.

ii. Usar material de un solo uso. Si se usa otro tipo de material deberá limpiarse entre un uso y otro.

iii. Evitar compartir objetos y herramientas. En el caso de compartir, se debe limpiar y desinfectar antes de ser usado por otra persona.

Logroño a 21 de junio de 2020.- La Directora General de Educación, María Josefa Iriarte Vañó.



 

ANEXO I

Documento de consentimiento e información


 

Don/Doña  ...........................................  con DNI  ........... , y domicilio en  ...........................................  de  ...........................................  (C.P.  ........... ) en su calidad de  (medre/padre/tutor legal.) ...........................................   del alumno/a  ................................................

MANIFIESTO

Que he sido informado sobre COVID19 de las medidas de prevención e higiene y de los riesgos que implica la participación en la actividad en el contexto de la epidemia por el SARS-CoV2 para el/la participante y su entorno de convivencia.

Que acepto las Medidas de prevención e higiene propuestas y congruentes con las descritas en cada momento por la Autoridad Sanitaria competente.

Que doy mi consentimiento y autorizo a  ................................................  a participar en la actividad  ................................................ .

DECLARO responsablemente (marcar con una cruz lo que corresponda)

___ Que no formo parte ni convivo con personas con especial vulnerabilidad al COVID19.

___ Que formo parte y convivo con personas con especial vulnerabilidad al COVID19, y cuento con la autorización sanitaria y/o de los convivientes para que participe en la actividad.

___ Que no padezco síntomas compatibles con la COVID-19 y no he tenido contacto estrecho con un caso probable o confirmado de COVID-19 y conozco los riesgos que pueda suponer para una persona vulnerable.

ASUMO los compromisos de:

.- Realizar la revisión diaria del estado de salud del/de la participante previa a la asistencia a la actividad.

.- Comunicar, en su caso, el motivo de ausencia a la actividad.

   

En  .............................................. , a  .... de  ....... de  ....

     

Fdo.:   ..............................................

Añadir párrafo de la protección de datos



ANEXO II

Qué hacer si las personas usuarias o personal trabajador presenta síntomas durante la jornada.


 

a) Detección de síntomas leves en los participantes

- Cuando un participante inicie síntomas, o estos sean detectados por el personal, saldrá de la sala en la que se encuentre, con todas sus pertenencias. Se le llevará a un espacio separado denominado sala de aislamiento, elegida previamente y señalizada, que cuente con ventilación adecuada y con una papelera de pedal con bolsa, donde tirar la mascarilla y pañuelos desechables. Si se encuentran al aire libre tendrá que mantener una distancia de mínimo 2 m.

- Se facilitará una mascarilla quirúrgica para el participante y otra para la persona adulta que cuide de él/ella hasta que lleguen sus progenitores o tutores. Ambos irán con mascarilla y manteniendo la distancia de seguridad, evitando tocar superficies con las manos (barandillas, ascensor, pomos en las puertas). El cuidador/a ventilará la sala de aislamiento abriendo la ventana, evitando las corrientes de aire.

- Se evitará que otros adultos entren en contacto con el participante, para evitar posibles contagios.

- Una vez que sale la persona que estaba en aislamiento con mascarilla, se deja la sala ventilándose durante 15 minutos y se puede entrar a desinfectar.

- Se avisará a la familia que debe contactar con su centro de salud o con el teléfono de referencia de la comunidad autónoma, para que se evalúe su caso.


b) Detección de síntomas leves en el profesorado o personal no docente

- El personal una vez detecte que tiene síntomas compatibles con COVID-19 deberá salir del aula o la estancia en la que se encuentre y comunicar su situación al equipo organizador para que se haga cargo de la actividad o la tarea que realizaba.

- Acudirá a su domicilio donde se mantendrá en una habitación aislada y se pondrá en contacto con su médico de referencia.

- Posteriormente el personal dará conocimiento de la situación al SPRL, al inspector o responsable del organismo organizador de la actividad para que adopten las actuaciones preventivas necesarias.


d) Detección de síntomas graves en alumnado o personal del centro

- Ante una situación de gravedad se llamará al 112 siguiendo las instrucciones del personal sanitario de urgencias.

- Si es posible se trasladará a la persona implicada a la sala de aislamiento utilizando todo el personal implicado mascarillas quirúrgicas y entrando en contacto con la persona sospechosa el menor número de gente posible. Si no se puede trasladar a la persona enferma se evacuará la estancia de forma ordenada bajo la supervisión del personal organizador responsable y se esperará a la llegada del personal del 112.

- Posteriormente el personal dará conocimiento de la situación al SPRL, al inspector o responsable del organismo organizador de la actividad para que adopten las actuaciones preventivas necesarias.

- Si los participantes, monitor/a y demás profesionales al frente de la actividad presentase sintomatología asociada a la COVID-19 fuera del desarrollo de la actividad y esta tuviese continuidad en los próximos días:


= Se notificará a la entidad responsable de la actividad (empresa o asociación organizadora) que deberá ponerse en contacto con los familiares una vez se haya dado aviso al servicio de emergencias.

= Se avisará a la entidad sanitaria y a la DGE y a los SPRL implicados.

= La persona sintomática, el grupo de participantes, monitor/a y demás personal de este grupo, así como aquellas otras personas que hayan podido estar en contacto con el participante que presenta síntomas, deberán permanecer en aislamiento en su domicilio.

= Será la autoridad sanitaria competente tras reunión con la organización quién decida, y una vez valorados los riesgos, si la actividad para el resto de participantes debe continuar. En cualquier caso, si la autoridad sanitaria considerase que existe riesgo real de más personas infectadas, podrá proceder a cancelar la actividad inmediatamente.

= Si el caso sospechoso queda descartado según lo establecido en el Protocolo de Diagnóstico, Vigilancia y Control de la pandemia, el participante podría volver a la actividad.

- Si participantes, monitor/a o personal de este grupo presentase sintomatología asociada a la COVID-19 o diese positivo en un test, una vez finalizada la actividad y sin que hubiesen transcurrido más de 10-15 días desde la finalización de la misma:

= Deberá ponerlo en conocimiento de la empresa o asociación organizadora de la actividad.

= La organización deberá informar a participantes, monitores/as y al personal que hayan estado en contacto durante el desarrollo de la actividad con esta persona y a la autoridad competente sanitaria u otras entidades públicas a las que afecte y al SPRL.

= Quienes hayan estado en contacto con la persona positiva, deberán informar de forma inmediata a su médico/a de familia y seguir las recomendaciones o las pautas que se le indiquen.

 

ANEXO III

Limpieza

 

- Desinfectantes viricidas

Se utilizarán cualquiera de los desinfectantes con actividad viricidas que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de estos productos siempre se respetarán las indicaciones de la etiqueta(Productos viricidas autorizados en España )

- Rutina de desecho

Tras cada limpieza los equipos empleados y los materiales de protección serán desechados siguiendo las pautas recomendadas por el ministerio en dicha materia yendo el material al contenedor del resto.

- Pañuelos desechables

Los pañuelos desechables que el personal y los participantes empleen para el secado de manos o para el cumplimiento de la 'etiqueta respiratoria' serán desechados en papeleras con bolsa o contenedores protegidos con tapa y, a ser posible, accionados por pedal. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente.

Serán eliminados en los contenedores de basura de fracción resto.         

- Estancias y mobiliario

Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección en cada cambio de turno con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación, sobre todo en aquellos utilizados por más de un trabajador/usuario.

- Comedor

Para el caso de apertura de comedor, es necesaria una mayor frecuencia de limpieza de superficies, así como la ventilación después de cada servicio. Hay que lavar toda la vajilla, cubertería y cristalería en el lavavajillas, incluida la que no se haya usado, pero haya podido estar en contacto con las manos de los alumnos.

- Documentos en papel y su circulación

Se limitará al máximo posible el empleo de documentos en papel y su circulación.

Siempre que el tipo de trabajo y los tiempos o plazos en los que se deba manipular la documentación lo permitan, se deberá mantener la documentación en cuarentena durante un tiempo mínimo de 48 horas.

- Cuarentena de otros materiales que no puedan ser desinfectados:

Objetos de madera o vidrio mínimo 72 horas

Objetos de plástico o acero inoxidable y billetes un mínimo de 5 días.

- Ventilación

Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones, incluso si están ocupadas siempre que sea posible y, como mínimo, de forma diaria y por espacio superior a 10 minutos.

- Limpieza

Se debe vigilar la limpieza de papeleras y la disponibilidad de jabón, papel de secado de manos y gel hidroalcohólico.

Se deberán retirar con mayor frecuencia los desechos de las bolsas; al menos una vez al día. Se deberá tener especial precaución para evitar el contacto manual con los mismos y la generación de aerosoles al cerrar las bolsas.

Nunca sacudir los materiales o equipos con los que se realiza la limpieza.

Se deberá aumentar el tiempo de ventilación natural durante las tareas de limpieza.

- Se deberá intensificar la limpieza y aumentar su frecuencia. Se pondrá especial atención en las zonas donde puedan transitar mayor número de personas y en las superficies que se tocan con más frecuencia como, pasamanos, puertas, etc.

- La limpieza de las superficies se hará con un paño o bayeta impregnada en cualquiera de los desinfectantes viricidas autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

- En el uso de estos productos siempre se respetarán las indicaciones del fabricante (fichas de datos de seguridad).

- El paño o bayeta deberá ser desechable o se desinfectará varias veces durante la jornada laboral.

- Para llevar a cabo la limpieza de los suelos, se empleará el sistema estándar de limpieza en húmedo en el que nunca deben barrerse en seco, sino empleando una mopa humedecida. Se debe trabajar siempre en zigzag desde la zona más limpia a la menos limpia.

- Las paredes y techos se limpiarán de forma horizontal, de izquierda a derecha o viceversa y siempre desde arriba hacia abajo.

- Equipamiento necesario por el personal de limpieza o quien realice estas tareas (mascarilla quirúrgica, guantes y ropa de trabajo)

- Desecho controlado del material utilizado en bolsa bien cerrada y al contenedor de fracción resto

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