Gobierno de La Rioja

Núm. 78
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 26 de junio de 2020
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..1728

Resolución de 23 de junio de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se modifica la Resolución de 25 de marzo de 2020, que modifica la Resolución de 12 de marzo de 2020, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus-, en régimen de concesión directa, y se aprueba su texto consolidado (extracto)

BDNS: 499957, 499960

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Objeto.

Con fecha 27 de marzo de 2020, se publica en el Boletín Oficial de La Rioja número 38, el extracto de la Resolución de 25 de marzo de 2020 que modifica la Resolución de 12 de marzo de 2020 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus-, en régimen de concesión directa, y se aprueba su texto consolidado.

El objeto de la modificación de la Resolución de 25 de marzo de 2020, consiste en:

a) Concretar el período subvencionable de los gastos e inversiones vinculados a la realización de acciones encaminadas a aumentar la seguridad de las personas en sus puestos de trabajo y garantizar la gestión empresarial más óptima en respuesta a la actual situación provocada por la infección del virus Coronavirus (COVID-19), que comenzará el 1 de febrero de 2020 y finalizará el 30 de noviembre de 2020, ambos incluidos.

b) Determinar la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que estaba vinculada a la finalización de la declaración del estado de alarma.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2020, incluido.

Tercero. Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria).

1.- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.

2.- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

Cuarto. Otros datos de interés.

1.- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de modificación de la convocatoria a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).

2.- Procedimiento de concesión. La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

3.- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 23 de junio de 2020.- El Gerente, Fernando San José Martínez.

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