Gobierno de La Rioja

Núm. 79
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 29 de junio de 2020
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..1772

Resolución 474/2020, de 25 de junio, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se convoca para el ejercicio 2020, las subvenciones reguladas en la Orden DEA/31/2020 de 15 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro en materia de turismo (extracto)

BDNS: 512713-512714-512716-512717

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los indicados en el artículo 2 de la Orden que deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 3 de la misma.

Segundo. Objeto.

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro domiciliadas o con sede social en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de actividades en materia turística en el ámbito geográfico de esta Comunidad

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden DEA/31/2020 de 15 de junio (Boletín Oficial de La Rioja número 73, de 17 de junio de 2020), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro en materia de turismo.

Cuarto. Cuantía.

Cuantía total de cuatrocientos mil euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

Solicitudes: Conforme a lo establecido en los artículos 8 y 9 de la Orden, la solicitud acompañada de la documentación correspondiente, deberá presentarse en el impreso normalizado, en el Registro electrónico, a través de la sede electrónica de la Administración de La Rioja (www.larioja.org), dentro del apartado Oficina Electrónica, Área Temática Turismo.

Documentación: la prevista en el artículo octavo de la orden de convocatoria.

Justificación: Fecha límite de justificación del gasto el 15 de noviembre de 2020 que deberá realizarse según lo establecido para la justificación del mismo en el artículo 13 de la Orden.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24494) de la página web del Gobierno de La Rioja.

Logroño a 25 de junio de 2020.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ignacio Castresana Ruiz-Carrillo.

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