Gobierno de La Rioja

Núm. 79
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 29 de junio de 2020
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO
III..1773

Resolución 473/2020, de 24 de junio, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, por la que se convoca para el ejercicio 2020, las subvenciones reguladas Orden DEA/30/2020 de 4 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas turísticas de La Rioja (extracto)

BDNS: 512702-512704-512705-512707-512708-512710-512711

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los indicados en el artículo 2 de la Orden que deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 3 de la misma.

Segundo. Objeto.

Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las empresas turísticas de La Rioja para la realización de las acciones subvencionables indicadas en el artículo 5.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden DEA/30/2020 de 4 de junio (Boletín Oficial de La Rioja número 73, de 17 de junio), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas turísticas de La Rioja.

Cuarto. Cuantía.

Cuantía total de setecientos mil euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

Solicitudes: Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Orden, la solicitud acompañada de la documentación correspondiente, deberá presentarse en el impreso normalizado, en el Registro electrónico, a través de la sede electrónica de la Administración de La Rioja (www.larioja.org), dentro del apartado Oficina Electrónica, Área Temática Turismo.

Documentación: la prevista en el artículo noveno de la orden de convocatoria.

Justificación: Fecha límite de justificación del gasto el 15 de noviembre de 2020 que deberá realizarse según lo establecido para la justificación del mismo en el artículo 14 de la Orden.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=19167) de la página web del Gobierno de La Rioja.

Logroño a 25 de junio de 2020.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, José Ignacio Castresana Ruiz-Carrillo.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 62% de las personas esto les resultó útil.
Subir