Gobierno de La Rioja

Núm. 79
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 29 de junio de 2020
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..1781

Resolución de 26 de junio de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes y de admisión de gasto subvencionable de la convocatoria para el año 2020, de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus-, en régimen de concesión directa (extracto)

BDNS: 499957, 499960

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Plazo de presentación.

Plazo de presentación de solicitudes y de admisión de gasto subvencionable para la actuación prevista en el apartado Primero.2.a) de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes para la actuación subvencionable consistente en la consultoría o asistencia experta externa de asesoramiento jurídico, económico, financiero, y de gestión o solicitud de prestaciones o ayudas, vinculada a la gestión empresarial más óptima en respuesta a la actual situación provocada por la infección del virus Coronavirus (COVID-19), contemplada en el apartado Primero.2.a) de la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus-, en régimen de concesión directa, aprobada por resolución de 25 de marzo de 2020 (extracto publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 38, de 27 de marzo de 2020), modificada por resolución de 23 de junio de 2020 (extracto publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 78, de 26 de junio de 2020), finalizará el día 31 de diciembre de 2020, siendo subvencionables los costes de esta actuación realizados a partir del día 1 de febrero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, ambos incluidos.

Segundo. Tramitación

Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria).

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

Tercero. Otros datos de interés.

- Convocatoria. Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de modificación de la convocatoria a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es).

- Procedimiento de concesión. La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 26 de junio de 2020.- El Gerente, Fernando San José Martínez.

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