Gobierno de La Rioja

Núm. 81
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 3 de julio de 2020
CONSEJERÍA DE GOBERNANZA PÚBLICA
III..1866

Resolución 580/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Gobernanza Pública, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el periodo 2020-2022

Vistos:

- El artículo 42.2 de la Ley 8/

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros.

- El artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

-El Informe de la Dirección General de Control Presupuestario, de 26 de junio de 2020.

El Consejero, en uso de las facultades que tiene conferidas,

RESUELVE

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Gobernanza Pública para el periodo 2020-2022, de acuerdo con los Anexos que se adjuntan a la presente resolución.

Logroño a 1 de julio de 2020.- El Consejero de Gobernanza Pública, Francisco Javier Ocón Pascual.


ANEXO I

Plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Gobernanza pública

1. Antecedentes y Fundamento Jurídico.

El artículo 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja establece que "los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Por tanto, se puede establecer la obligatoriedad de la aprobación por parte de esta Consejería del Plan Estratégico y la inclusión de los elementos citados anteriormente. A su vez, el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el mismo artículo del decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de la Rioja establece la necesidad de la concreción en un documento de las líneas de actuación en materia de subvenciones de la Consejería.

La conclusión del periodo de vigencia del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Pública y Hacienda 2017-2019 (Boletín Oficial de La Rioja número 81, de 17 de julio de 2017) y la reorganización del Sector Público de la Comunidad Autónoma operada por el por Decreto de la Presidenta 6/2019, de 29 de agosto, que modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ha impuesto otra programación para un nuevo periodo de tiempo, culminando un proceso que es resultado del esfuerzo de coordinación del soporte organizativo integrante de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, en el ámbito de la Consejería de Gobernanza Pública.

El plan de referencia, compendia los objetivos a lograr y los recursos a emplear en la consecución de esos objetivos, en el marco el Programa de Gobierno y en su estructura de Ejes y Objetivos Estratégicos. El desarrollo de las líneas fundamentales de la acción subvencional en el citado marco se dirige a satisfacer las necesidades actuales que se traducen en una revisión de los anteriores contenidos



2. Ámbito competencial del Plan Estratégico de Subvenciones.

Identificado por tanto el alcance programático del Plan, es conveniente señalar que el mismo recoge las líneas subvencionales que tras la reorganización administrativa operada por el Decreto de la Presidenta 6/2019, de 29 de agosto y en virtud del Decreto 36/2019, de 10 de septiembre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernanza Pública y sus funciones, en desarrollo de la ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de sus Organismos Autónomos, corresponden al ámbito competencial de esta Consejería, como son las relativas a Centros en el Exterior y Casas Regionales que, integraban el Plan Estratégico 2019-2021 de la extinta Consejería de Presidencia, Relaciones Internacionales y Exterior.

En este mismo orden de cosas conviene aclarar que, de conformidad con la Guía aprobada por la Intervención General de la Administración del Estado, para la elaboración de los planes estratégicos de subvenciones, se ha optado por no incluir en este Plan Estratégico de Subvenciones (en adelante PES) todas las líneas de subvenciones del ámbito competencial de la Consejería. Es el caso del Plan Estratégico de la Dirección General de Política Local que por la especificidad de las disposiciones en que se basa; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de la Administración Local de La Rioja y las Leyes anuales de Presupuestos Generales de la Comunidad que han venido configurando el "Fondo de Cooperación Local de La Rioja" como instrumento general de cooperación económica de la Comunidad Autónoma de La Rioja con las Entidades Locales de su territorio para la financiación de las obras y servicios municipales, y para contribuir a la suficiencia financiera de las mismas, aconsejan un tratamiento diferenciado, por su particular forma de gestión y actualización , así como por su régimen jurídico.

3. Ámbito Temporal.

En cuanto al momento procedimental de la aprobación, la Dirección General de Control Presupuestario señala que sería conveniente que la aprobación de los planes se realizase en el último semestre del ejercicio anterior al que comience su ejecución, de modo que se acompañase con la elaboración de los presupuestos de la Comunidad. Así, el inicio de la tramitación del presente plan de produjo en el precedente último semestre del ejercicio presupuestario. Sin embargo, la necesaria reorganización administrativa unida a la posterior declaración del Estado de Alarma y consiguiente suspensión de los plazos administrativos, ha causado la demora en la publicación de este plan; cuyo ámbito temporal, si bien es atípico, desplegará sus efectos jurídicos del modo previsto.

Por otra parte, la vigencia de este plan será de tres años, esto es, para el periodo 2020-2022. Esto se debe en primer lugar al plazo máximo de tres años establecidos en el artículo 8.1 del Decreto14/2006 de 16 de febrero y en segundo lugar, a la idoneidad de su coincidencia en el tiempo con los marcos presupuestarios a medio plazo, regulados en el artículo 38 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja; siguiendo de este modo el criterio de la Intervención General de la Comunidad Autónoma

4. Ámbito Procedimental.

De igual modo, también es conveniente añadir al objeto del PES un régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes líneas de subvenciones que se establezcan. A estos efectos, se deben determinar por cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos.

La labor de seguimiento es imprescindible y tiene como principal finalidad que aquellas subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de los objetivos deseados o que resulte más adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o en su caso, ser eliminadas. Resultados de la evaluación de los planes estratégicos anteriores en los que se trasladará el contenido de los informes emitidos. Así para la tramitación del presente PES, la Consejería ha remitido a la mencionada Dirección General de Control Presupuestario, en el formato Excel que dicha Dirección viene aconsejando cumplimentar para informar los PES, la evaluación e impacto de las líneas del anterior Plan, en términos de ejecución presupuestaria en relación con los indicadores propuestos.

5. Líneas de Subvención incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones.

Las subvenciones incluidas en este Plan Estratégico serían cuatro: la subvención que financia el Convenio entre el Gobierno de La Rioja y las organizaciones sindicales en materia de Acción Sindical; los gastos para sufragar los gastos de las subvenciones relativas a Centros en el Exterior y Casas Regionales que, integraban el Plan Estratégico 2019-2021 de la anterior Consejería de Presidencia, Relaciones Internacionales y Exterior y por último, los gastos para financiar el convenio entre el Gobierno de La Rioja con la Universidad de La Rioja en materia de igualdad.

La primera es gestionada por la Dirección General de Función Pública. La subvención para el Convenio entre el Gobierno de La Rioja y las organizaciones sindicales en materia de Acción Sindical como consecuencia del acuerdo alcanzado por unanimidad el 9 de octubre de 2015 entre el Gobierno de La Rioja y los sindicatos U.G.T., CC.OO., C.S.I.F., S.T.A.R. y F.S.E.S; el cual fue ratificado por Consejo de Gobierno con fecha 20 de noviembre de 2015 y modificado parcialmente mediante Acuerdo de fecha 13 de diciembre de 2019. La fuente de financiación de esta subvención son los Presupuestos Generales de la Comunidad.

En el ámbito de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, con el objeto de fomentar las actividades que supongan un mayor conocimiento de la cultura, la historia y las tradiciones de La Rioja, sufragar las subvenciones para financiar las a los Centros Riojanos, así como de las Casas Regionales. La fuente de financiación de estas subvenciones son los Presupuestos Generales.

La cuarta y última de las subvenciones sería la subvención derivada del Convenio del Gobierno de La Rioja, a través de la Dirección General de Igualdad, con la Universidad de La Rioja, con la finalidad de la financiación de los gastos derivados de la realización de actuaciones y medidas destinadas a promocionar y avanzar en la incorporación de la igualdad entre mujeres y hombres.

Por último, resulta necesario un análisis más detallado de estas actuaciones desde el punto de vista presupuestario y de control financiero; y de este modo cumplir con las exigencias del Decreto 14/2006, de 16 de febrero. El artículo 8 establece que los Planes Estratégicos de Subvenciones requerirán informe de la Dirección General con competencias en materia de planificación presupuestaria. Este Plan Estratégico que se aprueba ha sido informado por la Dirección General de la Oficina de Control Presupuestario, con fecha 26 de junio de 2020.



ANEXO II

Actuaciones en acción sindical

Acción Sindical.

A. Partida presupuestaria: 04.02.9112.480

B. Objetivo: Regulación de la concesión y gestión de las ayudas que la Comunidad Autónoma de La Rioja otorga a las Organizaciones Sindicales para sus gastos derivados de la acción sindical por su participación en las mesas de negociación, comisiones o foros, en aplicación del artículo 35.1 del Acuerdo para el personal funcionario y 36.1 del Convenio Colectivo para el personal laboral para el período 2008/2011, así como el apartado V del Acuerdo en materia de acción sindical de 9 de octubre de 2015, modificado parcialmente mediante Acuerdo de fecha 13 de diciembre de 2019.

C. Justificación: mediante una única relación detallada de las facturas, y no varias en caso de existir varias federaciones pertenecientes a un mismo beneficiario, donde se haga constar la fecha de la factura, el órgano emisor y la cuantía total del gasto.

D. Periodicidad: anual.

E: Modalidad de la concesión: subvención directa.

F: Procedencia de los fondos: autonómica

G: Plazo: Año 2020-2022

H: Cuantía de la subvención

Previsión 2020: 264.427,00 euros

Previsión 2021: 264.427,00 euros

Previsión 2022: 264.427,00 euros


Actuaciones en ayudas para el fomento de las actividades que supongan un mayor conocimiento de la cultura, la historia y las tradiciones de La Rioja.


Ayudas para los Centros Regionales Riojanos y a Centros Riojanos en el Exterior.

A. Partidas presupuestarias: 0401.1411.48100

0401.1411.49000

0401.1411.78100

0401.1411.79000

B. Objetivos: Financiar los gastos derivados de la realización de las actividades que supongan un mayor conocimiento de la cultura, la historia y las tradiciones de La Rioja, o actividades encaminadas a lograr una mejor relación y una mayor integración de sus miembros, los gastos derivados del funcionamiento de dichos centros y colectividades, así como los que deriven de la adecuación de sus sedes sociales para la realización de sus actividades.

C. Indicadores: Número de actividades de promoción turística.

D. Justificación: Documentación justificativa de las actividades desarrolladas.

E. Periodicidad de la subvención: anual

F: Modalidad de la concesión: concurrencia competitiva

G: Procedencia de los fondos: autonómica

H: Plazo: Año 2020-2022

I: Modalidad de Pago: Anticipo del 80%

J: Cuantía de la subvención

Previsión año 2020: 232.000,00 euros

Previsión año 2021: 250.000,00 euros

Previsión año 2022: 250.000,00 euros


Ayudas para las Casas Regionales

A. Partida presupuestaria: 0401.1411.78100

B. Objetivos: Mantener los vínculos existentes con las federaciones y casas de otras regiones. Fomentar la participación en la vida social y cultural de La Rioja de personas procedentes de otras comunidades, estrechar las relaciones entre las distintas Comunidades Autónomas y La Rioja, y potenciar el desarrollo de actividades destinadas a la promoción cultural y turística de los territorios que representan estas entidades en La Rioja.

C. Indicadores:

- Número de Actividades de Promoción.

- Casas regionales participantes.

D. Justificación: Documentación justificativa de las actividades desarrolladas.

E. Periodicidad de la subvención: anual

F: Modalidad de la concesión: concesión directa

G: Procedencia de los fondos: autonómica.

H: Plazo: Año 2020-2022

I: Cuantía de la subvención

Previsión año 2020: 10.000 euros

Previsión año 2021: 10.000 euros

Previsión año 2022: 10.000 euros


Actuaciones en materia de igualdad.


Ayudas en materia de Igualdad.

A. Partida presupuestaria: 0406.2332.449.00

B. Objetivos: financiación de los gastos derivados de la realización de actuaciones y medidas destinadas a promocionar y a avanzar en la incorporación de la igualdad entre hombres y mujeres.

C. Indicadores:

- Número de Campañas de Promoción.

- Cursos y Seminarios

- Actividades de Divulgación y Sensibilización.

- Becas.

D. Justificación: Documentación justificativa de las actividades desarrolladas.

E. Periodicidad de la subvención: anual

F: Modalidad de la concesión: concesión directa

G: Procedencia de los fondos: autonómica y estatal

H: Plazo: Año 2020-2022

I: Cuantía de la subvención

Previsión año 2020: 90.000 euros

Previsión año 2021: 90.000 euros

Previsión año 2022: 90.000 euros

     

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