Aprobación definitiva del estudio de detalle en parcela única (por agrupación de las antiguas parcelas numero 2-4-6)
El Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 29 de junio de
De conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa aprobada (mediante Anexo), a los efectos de su entrada en vigor que tendrá lugar transcurrido el plazo de quince días hábiles computables a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Acuerdo Pleno 29 de junio de 2020.- Aprobación definitiva del Estudio de Detalle en parcela única (por agrupación de las antiguas parcelas número 2-4-6) sita en la calle Río Cárdenas esquina con la calle César Augusto.
Visto que con fecha 20 de febrero de 2020, la Alcaldía Presidencia, por Resolución número 319, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle en la parcela única (por agrupación de las antiguas parcelas número 2-4-6) sita en la calle Río Cárdenas esquina con la calle Cesar Augusto, Sector B-5 de Calahorra, presentado con fecha 29 de agosto de 2019, número de registro de entrada 2019/11067, así como el anexo presentado con fecha 17 de enero de 2.020, número de registro de entrada 2020/620, promovido por Jesús de Miguel Saralegui, según Proyecto y Anexo redactados por el Arquitecto Pedro Moral Rueda.
Visto que con fecha 19 de noviembre de 2019, número de registro de entrada 2019/014503, la Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos remitió la Resolución número 48/2019 por la que se formuló el Informe Ambiental Estratégico del Estudio de Detalle de referencia (EAE 52/2019), que fue publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 140 de fecha 22 de noviembre de 2019.
Visto que con fechas 25 y 26 de febrero de 2020 fueron publicados en el Diario La Rioja y Boletín Oficial de La Rioja número 23, respectivamente, anuncios exponiendo al público la aprobación inicial del Estudio de Detalle de referencia, así como se realizó citación personal a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del Estudio de Detalle, sin que durante el plazo de veinte días establecido al efecto haya sido presentada alegación u observación alguna, según consta acreditado en Certificación expedida por la Secretaria General.
Vistos los informes emitidos por la Arquitecta municipal así como el informe-propuesta emitido por la TAG de Urbanismo y el informe de la Secretaria General.
Visto el artículo 92 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el artículo 140 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, así como el artículo 22.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, que otorga al Pleno la competencia para la aprobación definitiva.
Visto el dictamen emitido por la Comisión informativa de Urbanismo y Medio Ambiente en sesión de fecha 22 de junio de 2020.
El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los veintiún miembros asistentes que de derecho y hecho integran la Corporación,
ACUERDA
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en la parcela única (por agrupación de las antiguas parcelas número 2-4-6) sita en la calle Río Cárdenas esquina con la calle Cesar Augusto, Sector B-5 de Calahorra, presentado con fecha 29 de agosto de 2019, número de registro de entrada 2019/011067, así como el anexo presentado con fecha 17 de enero de 2020, número de registro de entrada 2020/620, promovido por Jesús de Miguel Saralegui, según Proyecto y Anexo redactados por el Arquitecto Pedro Moral Rueda.
Segundo.- De conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, procédase a la publicación del presente acuerdo junto con la normativa aprobada en el Boletín Oficial de La Rioja a los efectos de su entrada en vigor transcurrido el plazo previsto en la norma citada. Publíquese asimismo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Calahorra y procédase a su notificación en forma, a los interesados en el expediente.
Tercero.- Remitir copia del Estudio de Detalle aprobado a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población del Gobierno de la Rioja, para su registro, archivo y publicidad, de conformidad con lo establecido por los artículos 92,5 de la LOTUR y 140,5 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.
Contra dicho acuerdo podrá interponerse, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la vigente Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Calahorra a 1 de julio de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.