Gobierno de La Rioja

Núm. 88
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 17 de julio de 2020
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
I..62

Orden EDC/40/2020, de 15 de julio, por la que se modifica la Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto y las ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de carácter obligatorio, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja

El artículo 27.4 de la Constitución dispone que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita y la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, coadyuva a la efectividad de este precepto al recoger en su artículo 88.2 que las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para hacer posible la gratuidad de las enseñanzas de carácter gratuito, previendo, asimismo, en su artículo 120.3 que las Administraciones educativas potenciarán y promoverán la autonomía de los centros, de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren.

Por su parte, la Disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa determina que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales curriculares para la educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación.

Con objeto de profundizar en la consecución del principio de gratuidad en la educación básica, mientras se realizaba el trámite parlamentario de aprobación de una ley reguladora a nivel autonómico, con objeto de hacer posible gradualmente y sin demoras dicha gratuidad en lo referido a los libros de texto a partir del curso 2018/2019, y hasta su efectivo desarrollo, se aprobó la Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, que, a la vez que instituía el sistema de préstamo de libros de texto, preveía el establecimiento de las bases reguladoras de subvenciones destinadas a su financiación en los centros docentes concertados y de ayudas individuales destinadas a la financiación de la adquisición de los libros de texto correspondientes a los niveles no incluidos en el sistema.

Como culminación del procedimiento legislativo citado anteriormente, se aprobó finalmente la Ley 5/2018, de 19 de octubre, de gratuidad de los libros de texto y material curricular, cuyo ámbito de aplicación alcanza a todos los alumnos que cursan las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, incluyendo al alumnado escolarizado en centros de educación especial.

Dicha ley estableció una vigencia transitoria de la Orden EDU/39/2018 antes citada hasta que se realizara su correspondiente desarrollo reglamentario, además de optar por la implantación de un programa de gratuidad de libros de texto y material curricular con carácter progresivo en el plazo máximo de cuatro años, según su Disposición final segunda.

La crisis sanitaria originada por el COVID19 ha conllevado una importante necesidad de reorganización y adaptaciones en la planificación del servicio público educativo y ello incide también en el desarrollo del programa de gratuidad de libros de texto y su calendario de implantación.

Como consecuencia de lo anterior, a través de la presente disposición se modifica dicho calendario, retrasando un curso el ritmo previsto, de modo que en el próximo curso 2020/2021, no se avance en la implantación del programa de gratuidad de libros de texto, con el fin de aligerar la elevada carga administrativa en los centros educativos que, como fruto de la crisis sanitaria padecida, se va a producir inevitablemente a principios del próximo curso escolar, contribuyendo con ello a garantizar mejor un correcto funcionamiento del servicio público educativo desde el inicio de las actividades académicas.

En su virtud, previos los trámites preceptivos y de acuerdo a las competencias atribuidas, el Consejero de Educación y Cultura aprueba la siguiente,



ORDEN

Artículo único. Modificación del calendario de implantación del programa de gratuidad de libros de texto.

Se modifica la Disposición adicional primera de la Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto y las ayudas destinadas a financiar la adquisición de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que quedará redactada como sigue:

''Disposición adicional primera. Calendario de implantación progresiva del programa de gratuidad.

El procedimiento de concesión de subvenciones relativo al Programa de Gratuidad seguirá el siguiente calendario de implantación:

Para el curso 2018/2019, los niveles educativos de 3º y 5º de Educación Primaria y 1º de FP Básica.

Para el curso 2019/2020, los niveles educativos de 4º y 6º de Educación Primaria y 2º de FP Básica.

En el curso 2020/2021 no se implantará el Programa de Gratuidad de libros de texto en nuevos niveles educativos, procediendo la implantación de los restantes niveles a partir del curso 2021/2022''.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño a 15 de julio de 2020.- El Consejero de Educación y Cultura, Luis Ignacio Cacho Vicente.

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