Gobierno de La Rioja

Núm. 91
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 24 de julio de 2020
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCANOS
III..2152

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por prestación del servicio de suministro municipal de agua potable

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el Acuerdo provisional adoptado por el Pleno en sesión celebrada el día 14 de mayo de 2020 relativo a la modificación de la ordenanza fiscal número 12 reguladora de la tasa por prestación del servicio de suministro municipal de agua potable y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 60, de 20 de mayo de 2020.

Contra el presente Acuerdo y modificación de la Ordenanza podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente día de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, de la forma que establece la normativa vigente reguladora de dicha jurisdicción.

A continuación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se insertan los textos íntegros del Acuerdo provisional y de la modificación de la Ordenanza, elevados a definitivos a todos los efectos legales.

Texto del Acuerdo:

Primero.- Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del suministro municipal de agua potable, añadiendo la siguiente disposición adicional única, con la redacción que a continuación se recoge.

"Disposición adicional Segunda.

Con carácter excepcional y aplicable únicamente al periodo de cobro correspondiente al último cuatrimestre del ejercicio 2020, se establece una reducción del cincuenta por ciento de los importes correspondientes a la cuota fija, consumo y mantenimiento de contadores, recogidos en el artículo quinto de la presente Ordenanza Fiscal Reguladora."

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Huércanos a 20 de julio de 2020. - El Alcalde-Presidente, Roberto Varona Alonso.

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