Resolución de 23 de julio de 2020, de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, por la que se deja sin efectos la Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, por la que se hizo pública la adjudicación definitiva en el procedimiento unificado de movilidad, para la provisión de puestos vacantes a Cuerpos de Local de distintos municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la categoría de policía, y se establece una nueva adjudicación de puestos
Antecedentes de Hecho:
Primero.- Conforme con el artículo 49.4 de la Ley 5/2010,
Segundo.- El 29 de junio de 2016 fue publicada en el Boletín Oficial de La Rioja la Orden 6/2016, de 24 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases generales que han de regir las convocatorias unificadas de movilidad y de los procesos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja por la categoría de Policía.
Tercero.- Por Resolución de 7 de octubre de 2019 de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, (Boletín Oficial de La Rioja número 123, de 11 de octubre) se convoca procedimiento unificado de movilidad para la provisión de puestos vacantes y pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes a Cuerpos de Policía Local de distintos municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la categoría de Policía.
Cuarto.- Mediante Resolución 1659/2019, de 25 de noviembre, de la Dirección General de Justicia e Interior, se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Quinto.- Por Resolución 1741/2019, de 13 de diciembre, de la Dirección General de Justicia e Interior, se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Sexto.- Con fecha 9 de enero de 2020 la Comisión de Valoración publicó un listado con la valoración de los méritos de los aspirantes que habían resultado aprobados en la prueba psicotécnica.
Séptimo.- Por Resolución de 23 de enero de 2020, de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, (Boletín Oficial de La Rioja número 11, de 29 de enero) se hizo pública la adjudicación provisional del procedimiento unificado de movilidad.
Octavo.- Por Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 9 de marzo) se hizo pública la adjudicación definitiva del procedimiento unificado de movilidad.
Noveno.- Varios interesados en el procedimiento, interpusieron recurso de reposición contra la Resolución de 4 de marzo de 2020.
Décimo.- Con fecha 3 de junio de 2020 se resuelve el primer recurso de reposición interpuesto. Con fecha 10 y 13 de julio de 2020 se resuelven el resto de recursos de reposición, estimando la valoración del título de Técnico Superior o equivalente a todos aquellos recurrentes que lo hubieran presentado en tiempo y forma junto con sus solicitudes de participación en el proceso.
Fundamentos de Derecho:
El artículo 119.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Púbicas, establece que el órgano que resuelva el recurso decidirá cuantas cuestiones, tanto de forma como de fondo, plantee el procedimiento, hayan sido o no alegadas por los interesados.
Habiéndose resuelto todos los recursos de reposición interpuestos, procede dejar sin efecto la Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, (Boletín Oficial de La Rioja número 28, de 9 de marzo) por la que se hizo pública la adjudicación definitiva del procedimiento unificado de movilidad, así como adjudicarse los puestos vacantes en dicho procedimiento conforme a la estimación de los recursos.
En atención a lo anteriormente expuesto, visto el informe propuesta de la Dirección General de Justicia e Interior, y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de 4 de marzo de 2020, de la Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, (Boletín Oficial de La Rioja 28, de 9 de marzo) por la que se hizo pública la adjudicación definitiva del procedimiento unificado de movilidad.
Segundo.- Adjudicar de manera definitiva los puestos del procedimiento unificado de movilidad para la provisión de puestos vacantes a Cuerpos de Policía Local de distintos municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la categoría de policía, como consecuencia de la estimación de los recursos de reposición interpuestos en el procedimiento, conforme al cuadro del Anexo.
Tercero.- La adscripción al puesto obtenido a través de este procedimiento de movilidad deberá llevarse a cabo según la Base 6.12 de la Orden 6/2016, de 24 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia.
Cuarto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.1 segunda, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Quinto.- Publíquese en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 23 de julio de 2020.- La Consejera de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, Ana María Santos Preciado.