Resolución 639/2020, de 3 de agosto, del Rector en funciones de la Universidad de La Rioja, por la que se anuncia la convocatoria ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D de España y el extranjero (extracto)
BDNS: 518779
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/518779)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser solicitantes de estas ayudas de estancias breves los beneficiarios en activo de un contrato predoctoral o de una ayuda predoctoral para la formación de personal investigador de la Universidad de La Rioja (UR), financiados por la UR o por la Comunidad Autónoma de La Rioja (CAR) o por la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC).
Asimismo, podrán ser solicitantes de estas ayudas los beneficiarios en un contrato del periodo de orientación postdoctoral del plan propio de la UR.
Segundo. Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto convocar, para el año 2020, ayudas complementarias destinadas a beneficiarios en activo de un contrato o de una ayuda predoctoral para la formación de personal investigador de la UR, financiados por la UR o por la CAR o por la (AECC), todo ello de conformidad con las bases reguladoras aprobadas por la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja en su sesión de 5 de junio de 2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Resolución número 639/2020, de 3 de agosto, del Rector en funciones de la Universidad de La Rioja, por la que se anuncia la convocatoria ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D de España y el extranjero.
El texto íntegro de la Resolución de esta convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web de la UR: (https://www.unirioja.es/servicios/sgib/investigacion/plan_propio.shtml)
Cuarto. Cuantía de las ayudas.
El importe de la ayuda por dieta será:
a) En España: 25 euros por día de estancia en el centro.
b) En el extranjero: 50 euros por día de estancia en el centro.
El importe máximo de la ayuda por viaje será:
a) Desplazamientos en España:
- Hasta 90 euros dentro de la Península.
- Hasta 150 euros fuera de la Península.
b) Desplazamientos en el extranjero:
- Hasta 600 euros cuando el lugar de destino sea un país de Europa.
- Hasta 1.200 euros cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes deberán presentarse mediante las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, las solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico de la Universidad de La Rioja a través del procedimiento de Instancia General (https://sede.unirioja.es/portal/procedimientos/instancia-general) de la Sede Electrónica en el que se adjuntará la documentación señalada en la convocatoria.
Los méritos alegados en la solicitud que dentro del plazo de presentación de solicitudes no hayan sido justificados debidamente no serán tenidos en cuenta para la resolución de la convocatoria.
Logroño a 3 de agosto de 2020.- El Rector en funciones, Julio Rubio García.