Gobierno de La Rioja

Núm. 100
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 10 de agosto de 2020
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
III..2386

Resolución de 31 de julio de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan las subvenciones previstas en la Orden 5/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas (extracto)

BDNS: 518609

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/518609)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los profesionales riojanos y las empresas riojanas que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de creaciones artísticas escénicas, en los ámbitos del teatro, danza, cine y música.  

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 6 de la Orden 5/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas.

Segundo. Objeto.

La concesión de ayudas para el fomento, mediante la financiación de los gastos de naturaleza corriente y de capital, propios de las producciones artísticas de la industria escénica.

La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.

El periodo de realización de las producciones escénicas y de generación de gastos subvencionables, será el comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2021.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden 5/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas (Boletín Oficial de La Rioja número 119, de 13 de octubre de 2017).

Cuarto. Cuantía.

El gasto para la financiación de estas ayudas asciende a la cuantía total de setenta y cuatro mil euros (74.000.-euros) distribuido en las siguientes partidas presupuestarias:

2020/080201.3311.470.06 - 50.000 euros

2020/080201.3311.771.01 - 24.000 euros

Estas subvenciones que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrán superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, no pudiendo superar además, en todo caso, la cuantía máxima de diez mil euros (10.000,00.- euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349) de la página web del Gobierno de La Rioja.

Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado de Oficina Electrónica, Área Temática Cultura (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24349), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación: Las entidades solicitantes deberán aportar la documentación recogida en el artículo 4, de la Orden 5/2017, de 9 de octubre (Boletín Oficial de La Rioja número 119, de 13 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas.

Justificación: En lo referente a la justificación del gasto derivado de las actividades subvencionadas deberá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 10, de la Orden 5/2017, de 9 de octubre (Boletín Oficial de La Rioja número 119, de 13 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la producción artística de industrias escénicas, finalizando el plazo el 29 de octubre de 2021, siendo necesario aportar documento que acredite la ejecución de la producción artística.

No obstante la ayuda podrá abonarse una vez concedida y presentada la justificación correspondiente, aunque sea con anterioridad a la fecha indicada.

Logroño a 31 de julio de 2020.- El Consejero de Educación y Cultura, Luis Ignacio Cacho Vicente.

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