Gobierno de La Rioja

Núm. 106
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 21 de agosto de 2020
CONSEJERIA DE HACIENDA
III..2492

Resolución 216/2020, de 13 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se convoca la subvención regulada en la Orden 3/2016, de 29 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales de ámbito autonómico y local (extracto)

BDNS:520350

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/520350)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los titulares de licencias otorgadas por el Gobierno de La Rioja para la emisión de Televisión Digital con cobertura autonómica, así como, los que no siendo titulares de la licencia, presten servicios de comunicación audiovisual que impliquen realizar el objeto de la subvención, siempre que cuenten con la autorización del titular de la licencia para participar en la correspondiente convocatoria. En cualquier caso deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden 3/2016, de 29 de agosto, de concesión de subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales de ámbito autonómico y local.

Segundo. Objeto.

Estas subvenciones tienen por objeto financiar actividades de producción y emisión de contenidos audiovisuales en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de ámbito autonómico, con el objetivo de consolidar la programación televisiva original relacionada con elementos culturales o sociales, económicos, eventos deportivos, y cualquier otra que se refiera a la actividad de la sociedad riojana.

Tercero. Bases reguladoras.

La Orden 3/2016, de 29 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales de ámbito autonómico y local (Boletín Oficial de La Rioja número 100, de 31 de agosto de 2016).

Cuarto. Cuantía.

El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria para el año 2020 asciende a cuatrocientos mil euros (400.000,00 euros), que se financiará con cargo a la partida 2020.1212.9111.470.00, estableciéndose como importe máximo por beneficiario una cantidad que no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contado desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

-Convocatoria. El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=24207).

-Documentación. La presentación de solicitudes y el resto de documentación, dirigida a la Consejería de Hacienda, deberá efectuarse de forma telemática a través del acceso en el Portal del ciudadano (www.larioja.org), dentro del apartado 'Registro Telemático'.

-Procedimiento de concesión. Tal y como se establece en el artículo 8 de la Orden 3/2016, de 29 de agosto, estas subvenciones se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva. El procedimiento de concesión se tramitará conforme a lo previsto en los artículos 9 y siguientes de dicha Orden.

Logroño a 13 de agosto de 2020.- El Consejero de Hacienda, Celso González González.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 63% de las personas esto les resultó útil.
Subir