Aprobación definitiva la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, en el tablón de edictos y Boletín Oficial de La Rioja número 72 queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 8 de junio, sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerio , cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 49 y 70 de la ley 7/1985 y 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.
Cárdenas a 31 de agosto de 2020.- El Alcalde-Presidente, José Antonio García de Pablo.
Acuerdo de aprobación:
Primero.- Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa de cementerio municipal en los términos en que figura en el expediente
Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Texto de modificación de la Ordenanza:
Artículo 3. Bases y tarifas.
Concesión por 75 años de terreno para panteón de dimensiones exteriores 3,10x2,65x2,875 m, 3.900 euros y máximo 10 enterramientos.