Resolución de 5 de octubre de 2020, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2020/2021 (extracto)
BDNS: 526944
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/526944)
Primero. Beneficiarios
Los representantes legales de los alumnos matriculados en cualquiera de los cursos referidos en el apartado cuarto de la presente resolución, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2020/2021.
Segundo. Objeto
Colaborar en la financiación de los gastos derivados de la adquisición de libros de texto.
Tercero. Bases reguladoras
Orden EDU/39/2018, de 20 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se regula el programa de gratuidad de libros de texto y las ayudas a financiar la adquisición de libros de texto, en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificada por la Orden EDC/40/2020, de 15 de julio.
Cuarto. Cuantía total de las subvenciones
1.655.500,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
- Solicitudes: se presentarán en el modelo normalizado, Anexo Solicitud, adjunto a la resolución. Podrán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el apartado de Oficina Electrónica.
- Documentación: la prevista en el apartado séptimo de la convocatoria.
- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Orden.
- Justificación: fotocopia de la factura, o documento justificativo equivalente, emitida por el establecimiento o punto de venta autorizado para ello
Dicha factura se presentará junto a la solicitud.
En el supuesto de cumplir el requisito establecido en el apartado 5 letra f), el centro expedirá certificado de realización del gasto.
Logroño a 5 de octubre de 2020.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.