Resolución 12/2020, de 21 de octubre, de la Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convocan para el ejercicio 2020, las subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo referidas en el artículo 2.1 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (extracto)
BDNS: 529378
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y demás asociaciones, entidades y organizaciones que cumplan los requisitos establecidos el artículo 13 del decreto 14/2006 y en el artículo 3 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo.
Segundo. Objeto.
Estas subvenciones están destinadas a financiar la ejecución de los proyectos de cooperación, entendidos como conjunto de actuaciones que tengan como finalidad contribuir al desarrollo humano, social o económico de la población de los países socios catalogados como receptores de ayuda al desarrollo por el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 22 de mayo de 2019).
Cuarto. Cuantía.
El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 2.579.600 euros con cargo a las partidas de la Dirección General de Cooperación y Agenda 2030 de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
La presentación de solicitudes se realizará a través de la siguiente dirección electrónica (https://ias1.larioja.org/cex/infra/indexCAR.jsp?sist=GSP).
Sexto. Otros datos de interés.
-Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24565)
-Documentación.- La presentación de la solicitud se realizará por el representante de la entidad o de la agrupación, telemáticamente, mediante la cumplimentación de los campos establecidos en la aplicación informática creada al efecto y disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://ias1.larioja.org/cex/infra/indexCAR.jsp?sist=GSP).
- Procedimiento de concesión.- Tal y como se establece en el artículo 10 de la PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo. El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará conforme a lo previsto en el citado artículo.
- Plan Anual de Cooperación.- Prioridades marcadas en el plan anual (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24565).
Logroño a 21 de octubre de 2020- La Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, Raquel Romero Alonso.