Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convoca el Programa de Ayudas Bono Infantil, Curso Escolar 2020-2021 (extracto)
BDNS: 530133
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.es).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las escuelas infantiles municipales y los centros docentes privados autorizados para impartir el Primer Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja. El destinatario último de estas ayudas será el alumnado matriculado que tendrá financiado el coste de su escolarización, en los términos que se fijan en la Orden EDU 23/2019, de 24 de mayo, reguladora de las Bases, y en los que se determinan en esta convocatoria.
Segundo. Objeto.
Aprobar el gasto de la convocatoria y convocar las ayudas correspondientes al Programa de Ayudas Bono Infantil para el Curso Escolar 2020/2021.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las Bases reguladoras del Programa de Ayudas Bono Infantil , destinado a la escolarización del alumnado en el Primer Ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Cuarto. Importe.
Cuantía total del Programa de Ayudas Bono Infantil cuyo extracto de convocatoria se publica: 11.875.500 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles a contar desde el 31 de octubre de 2020, para los alumnos que hayan formulado matrícula, para el curso 2020/2021, en algún centro o escuela autorizados para impartir el Primer Ciclo de Educación Infantil.
Sexto. Otros datos de interés.
- Las Solicitudes se presentarán y tramitarán a través del procedimiento Ayudas Bono Infantil establecido en la Oficina Electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es web=&proc=24555).
- Documentación: la prevista en el apartado undécimo de la Resolución de convocatoria.
- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 13.2.a de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo.
- Justificación: conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo.
Logroño a 26 de octubre de 2020.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.