Gobierno de La Rioja

Núm. 152
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 11 de noviembre de 2020
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..3377

Resolución 1052/2020, de 6 noviembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación de personal investigador en materia de "Estudio del empleo de glutatión en la uva y en los procesos enológicos. Incidencia sobre la composición y la calidad sensorial de los vinos blancos" (extracto)

BDNS: 531969

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/531969)

Primero. Bases reguladoras.

La Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas en las distintas material del ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 106 de fecha 21 de agosto de 2020).

Segundo. Objeto.

Aprobar la convocatoria de una beca de Formación de Personal Investigador en el ámbito 'Estudio del empleo de glutation en la uva y en los procesos enológicos. Incidencia sobre la composición y la calidad sensorial de los vinos blancos'.

Dicha beca tiene por objeto adquirir los conocimientos necesarios para estudiar la aplicación de glutatión durante la maduración de la uva de diferentes variedades blancas y durante el desarrollo de los procesos enológicos (maceración prefermentativa, fermentación alcohólica y conservación del vino), y su incidencia en la composición físico-química de la uva, del mosto y del vino, así como en sus características organolépticas. Teniendo en cuenta el elevado potencial antioxidante de este compuesto, se pretende evaluar las posibilidades de su empleo en forma de levaduras inactivas para evitar el deterioro de la calidad de los vinos blancos. Se estudiará el papel del glutatión de cara a la preservación del contenido aromático de la uva y del vino, así como a la reducción de los procesos de pardeamiento oxidativo que afectan a la composición fenólica, y finalmente su impacto sobre las características sensoriales.

Tercero. Beneficiarios.

Por las características del objeto de la beca, podrán solicitar la presente beca de formación preferentemente con la titulación de Graduado/Licenciado en Enología y/o en Química, aunque también podrán ser seleccionados los Graduados/Licenciados en Biología, Farmacia, Tecnología de los Alimentos o equivalente, que deberán cumplir los requisitos determinados en el artículo 2 de la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 al 30 de junio de 2022 el gasto por un importe de 21.067,38 euros, con cargo a la partida presupuestaria 05.02.02.4611.488, proyecto 80005.3, de los ejercicios 2021 y 2022, según detalle:

2021: 14.044,92

2022: 7.022,46

Total: 21.067,38

Este montante es el resultado de sumar 18 compensaciones económicas de 1.122,00 euros (del que se deducirá la cuota de su contribución a la Seguridad Social y las retenciones de IRPF correspondientes), más los 48,41 euros mensuales de cotización a la Seguridad Social de la empresa.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b, 20.8.a y 23.2.g de la ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos de interés.

1.- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24682)

2.- Solicitudes y Documentación.-. Las solicitudes, junto con la documentación se dirigirán a la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y deberá presentarse en los siguientes lugares:

- Oficina Auxiliar de Registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Avenida de La Paz, 6-8 o Prado Viejo número 62-bis de Logroño.

- Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Calle Beti Jai, de Logroño).

- En cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja.

- Por cualquiera otra de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, (Boletín Oficial de La Rioja número 144 de 9 de noviembre de 2004), por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.

3.- Procedimiento de concesión.- Tal y como se establece en el artículo 1 de la Orden reguladora se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Para la concesión de esta ayuda y conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, las solicitudes se evaluarán y seleccionarán atendiendo al baremo asignado a los siguientes criterios:

1) Fase primera: Valoración de méritos por la Comisión de Valoración, a la vista de la documentación presentada por cada solicitante. Se valorará este apartado de 0 a 50 puntos.

a) Expediente académico:

a.1) Expediente académico correspondiente al título requerido en el apartado tercero de esta convocatoria: máximo 28 puntos.

a.2) Títulos académicos oficiales no considerados en el apartado a.1):

máximo 2 puntos.

b) Cursos de formación y experiencia relacionados con la beca:

Cursos de formación: máximo 8 puntos.

Experiencia: máximo 4 puntos.

c) Conocimiento de idiomas: máximo 7 puntos.

d) Conocimientos adicionales: máximo 1 puntos.

Siempre que el número de solicitantes admitidos lo permita, pasarán a la segunda fase un mínimo de cinco. No obstante, en virtud de la singularidad de la beca, la Comisión de Valoración podrá valorar que superen esta fase un número mayor de aspirantes, salvaguardando que en todo caso se garantice la objetividad, la igualdad, la transparencia, la publicidad y la no discriminación en la concesión de las becas.

2) Fase segunda: entrevista personal. Se valorarán especialmente los conocimientos teóricos y prácticos sobre el tema objeto de la beca, la capacidad de trabajo en equipo y la capacidad comunicativa. Esta entrevista será valorada de 0 a 50 puntos.

Resultará adjudicatario de la beca el candidato que habiendo superado cada una de las dos fases y obtenga la mayor puntuación derivada del sumatorio de puntos obtenidos en ambas fases. En caso de empate se situará en primer lugar el de mayor nota media en los estudios exigidos por la resolución de convocatoria de la beca.

La actividad de formación comenzará en la fecha indicada en la resolución de adjudicación dictada por la Directora General de Agricultura y Ganadería.

4.- Publicidad.- Todos los actos y comunicaciones serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Rioja, incluido el trámite de subsanación de solicitudes, de conformidad con lo previsto el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 6 de noviembre de 2020.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.

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