Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas, colocación y utilización de contadores
Adoptado por este Ayuntamiento acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas, colocación y utilización de contadores, en sesión plenaria de fecha 25 de septiembre de 2020, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo durante el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, efectuada mediante anuncio fijado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 130, de 30 de septiembre de 2020, queda definitivamente adoptado el referido acuerdo de aprobación provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y la propia resolución corporativa.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a continuación se insertan el texto íntegro del acuerdo y la modificación que se efectúa, a todos los efectos legales y especialmente al de su entrada en vigor.
Contra dicho acuerdo y Ordenanza podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 del mencionado Texto Refundido, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Texto íntegro del acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa:
"Punto tercero.- Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas, colocación y utilización de contadores.
Vista la propuesta de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, en base al estudio de costes efectuado y la recaudación que se viene percibiendo por la tasa referenciada, mediante la que se propone modificar las tarifas vigentes contenidas en el epígrafe 1 del artículo 6 de dicha ordenanza al objeto de cubrir el coste real del servicio
Sometido el asunto a votación ordinaria, la Corporación, por unanimidad, y en todo caso, por mayoría absoluta,
ACUERDA
Primero.- Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, en los términos recogidos en la propuesta corporativa, quedando establecidas las cuotas tributarias como se detalla a continuación
Articulo 6. Cuotas tributarias.
1. Viviendas, industrias y locales, cada cuatro meses hasta un mínimo de 20 m3: 0,20 euros.
- A partir del mínimo:
- A viviendas por cada m3 consumido hasta 50 m3: 0,50 euros.
- A viviendas por cada m3 consumido a partir de 50 m3: 1,00 euros.
Segundo.- Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días, mediante anuncio que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de La Rioja, a efectos de su examen por los interesados y presentación en su caso de las reclamaciones oportunas.
Tercero.- En el supuesto de que no se presentaran reclamaciones durante el citado plazo, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales."
Cirueña a 20 de noviembre de 2020.- El Alcalde-Presidente, Pedro Jesús Cañas Martínez.