Gobierno de La Rioja

Núm. 168
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 14 de diciembre de 2020
AYUNTAMIENTO DE CORERA
III..3799

Resolución de Alcaldía de 9 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria, para el presente ejercicio, de concesión de ayudas para alquiler y adquisición de inmuebles destinados a vivienda habitual

BDNS: 538231

De conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.

Podrá ser beneficiario toda persona física, española o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de un tercer país con residencia legal en España, según la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen, titular de un contrato de compraventa o de arrendamiento de vivienda que cumpla los siguientes requisitos previstos en el artículo 4 de la Ordenanza reguladora de la concesión de ayudas para el alquiler y la adquisición de inmuebles destinados al uso de vivienda habitual en Corera.

Segundo. Objeto.

El objeto está destinado a subvencionar parcialmente el alquiler o la adquisición de inmuebles siempre que se destinen a vivienda habitual en Corera, con los objetivos de facilitar el acceso a la vivienda de familias preferentemente con hijos en edad escolar, promover el alquiler social de las viviendas vacías de la localidad, impulsar la renovación de las viviendas y la regeneración poblacional y activar la economía local.

Tercero. Bases Reguladoras.

Ordenanza reguladora de la concesión de ayudas para el alquiler y la adquisición de inmuebles destinados al uso de vivienda habitual en Corera,publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número100 de 31 de agosto de 2016.

Cuarto. Cuantía.

1.- Para la adquisición de viviendas para unidades familiares que cumplan todos los requisitos, la ayuda podrá alcanzar un 40% del precio de la vivienda, con un máximo de 3.000 euros.

2.- Para las ayudas al alquiler de vivienda, para unidades familiares con edad máxima de 45 años y con hijos entre 3 y 12 que estén escolarizados en el colegio público de Corera y que cumplan todos los requisitos la cuantía de la ayuda alcanzará la cantidad de 1.200 euros al año.

3.- Limitaciones:

Estas ayudas son compatibles con cualquier tipo de ayuda que Gobierno de La Rioja o el Estado conceda a no ser que las ayudas a la compra o al alquiler de estas administraciones sean incompatibles con otras ayudas públicas para la misma finalidad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales y se iniciará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Solicitudes.

Las solicitudes se formularán en los modelos que figuran como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al  Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el plazo de quince días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Séptimo. Justificación.

La justificación de la subvención concedida se realizará conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Ordenanza reguladora de la concesión de ayudas para el alquiler y la adquisición de inmuebles destinados al uso de vivienda habitual en Corera.

Corera a 9 de diciembre de 2020.- El Alcalde-Presidente, Jesús Javier Marzo López.

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