Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030, por la que se convocan las ayudas extraordinarias a riojanos y riojanas retornadas a la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2020 (extracto)
BDNS: 538303
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas que, durante el año 2020, retornen a cualquier municipio de La Rioja a partir de la promulgación del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden IPA/72/2020, de 27 de noviembre de 2020, por la que se establecen las bases de las ayudas extraordinarias a riojanos y riojanas retornadas a la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2020 (Boletín Oficial de La Rioja número 161, de 30 de noviembre de 2020).
Segundo. Objeto.
Las ayudas están destinadas a financiar los gastos de retorno a La Rioja a los riojanos y riojanas que hayan visto empeorada de su situación económica como consecuencia de la pandemia del COVID-19. Las ayudas se concederán en régimen de concesión directa.
El objeto de las ayudas es evitar y, en su caso, atender situaciones de vulnerabilidad financiando parte del gasto extraordinario de viaje y traslado de enseres que supone el retorno a La Rioja de los riojanos y riojanas que han visto empeorada su situación en el extranjero con motivo de la crisis sanitaria y económica.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden IPA/72/2020, de 27 de noviembre de 2020, por la que se establecen las bases de las ayudas extraordinarias a riojanos y riojanas retornadas a la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2020 (Boletín Oficial de La Rioja número 161, de 30 de noviembre de 2020).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas están dotadas con 95.000 euros, que se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y terminará el 30 de diciembre de 2020.
Las solicitudes se presentarán siguiendo el modelo normalizado que figura anexo a esta convocatoria y se podrán obtener en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, sito en la calle Beti Jai número 1, 26071 Logroño, o en Internet accediendo a la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
La solicitud se dirigirá a la Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030 y se presentará por cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Orden IPA/72/2020, de 27 de noviembre de 2020, por la que se establecen las bases de las ayudas extraordinarias a riojanos y riojanas retornadas a la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2020 (Boletín Oficial de La Rioja número 161, de 30 de noviembre de 2020).
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24680)
- Procedimiento de concesión.- Tal y como se establece la Orden IPA/72/2020, de 27 de noviembre de 2020, por la que se establecen las bases de las ayudas extraordinarias a riojanos y riojanas retornadas a la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2020 (Boletín Oficial de La Rioja número 161, de 30 de noviembre de 2020).
Logroño a 4 de diciembre de 2020.- La Consejera de Igualdad, Participación y Agenda 2030, Raquel Romero Alonso.