Gobierno de La Rioja

Núm. 172
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 21 de diciembre de 2020
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
III..3934

Resolución de 6 de diciembre de 2020, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se aprueba la convocatoria pública de una beca de formación de personal técnico en materia de Digitalización de procesos de control de la contaminación atmosférica (extracto)

BDNS: 538609

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Bases reguladoras.

La Orden 9/2012, de 14 de mayo de 2012 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en el ámbito de la investigación agraria, de la calidad agroalimentaria, vitivinícola, el desarrollo rural y el medio ambiente, modificada por las Órdenes 14/2014, de 11 de julio, 36/2015, de 4 de septiembre y 77/2018 de 11 de octubre de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. (Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 21 de mayo de 2012).

Segundo. Objeto.

La convocatoria de una beca de formación de personal técnico en el ámbito de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos (Digitalización de procesos de control de la contaminación atmosférica) para los años 2021 y 2022.

Dicha beca tiene por objeto apoyar la especialización de los titulados universitarios, impulsando su formación.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán solicitar la presente beca de formación los Graduados Universitarios en: Ingeniería Informática; Sistemas de Información; Ingeniería en sistemas computacionales; Ingeniería de sistemas de telecomunicación; Diseño industrial y desarrollo de productos; Matemáticas y Física (nivel 2 del MECES), u otras ingenierías, grado en Químicas con Master o Cursos de PostGrado relacionados con las TICs, que cumplan los requisitos determinados en el artículo 2 de la Orden 9/2012, de 14 de mayo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y hayan obtenido la titulación en 2016 o fecha posterior.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba para el periodo comprendido entre el 16 de enero de 2021 y el 30 de junio de 2022 el gasto por un importe total de veinte mil quinientos un euros con cinco céntimos (20.501,05 euros), con cargo a la partida presupuestaria 09.06.4611.483.01 Proyecto 80.005.1 de los ejercicios presupuestarios correspondientes a 2021 y 2022, según el siguiente detalle:

Ejercicio 2021: 13.478,59 euros.

Ejercicio 2022: 7.022,46 euros.

Este montante es el resultado de sumar doce compensaciones económicas de 1.122 euros (de las que se deducirá la cuota de su contribución a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF correspondientes), más 48,41 euros mensuales de cotización mensual a la Seguridad Social de la empresa. Es decir, la suma de doce mensualidades de 1.170,41 euros cada una.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b, 20.8.a y 23.2.g de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/es).

2. Solicitudes y documentación: Las solicitudes se presentarán en el impreso normalizado disponible en la oficina electrónica de la página Web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/es), y vendrá acompañada de copia del currículo y el expediente académico, así como cuantos documentos estimen convenientes para acreditar sus conocimientos en la materia, según el artículo 5.1 de la Orden 9/2012, de 14 de mayo 6.2 del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Las solicitudes junto con la documentación señalada en los apartados anteriores se dirigirán a la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica pudiendo presentarse en los siguientes lugares:

- Oficinas auxiliares de Registro de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, calle Prado Viejo número 62-bis de Logroño

- Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (calle Beti Jai, número 1, de Logroño)

- En cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano de La Rioja.

- Por cualquiera otra de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Así como en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre (Boletín Oficial de La Rioja número 144, de 9 de noviembre de 2004), por el que se regula el registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos.

3. Procedimiento de concesión: Tal y como se establece en el artículo 1 de la Orden 9/2012, de 14 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, esta beca se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y conforme a lo previsto en los artículos 6 a 9 de la citada orden reguladora.

Para la concesión de estas ayudas y conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la Orden 9/2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, las solicitudes se evaluarán y seleccionarán atendiendo al baremo asignado a los siguientes criterios:

a) Fase primera: Fase de valoración de Currículum

Se valorará este apartado de 0 a 50 puntos, exigiéndose un mínimo de 35 puntos para superarlo.

a.1. Expediente académico correspondiente a los títulos requeridos en esta convocatoria (Hasta un máximo de 15 puntos

a.2. Master o postgrado en materia de digitalización, modelización, big-data, ingeniería ambiental, contaminación atmosférica, gestión ambiental (Hasta un máximo de 15 puntos)

a.3. Cursos de formación relacionados con la materia de la beca, de duración igual o superior a 30 horas, impartidos por organismos oficiales o centros reconocidos (hasta un máximo de 10 puntos)

a.4. Experiencia profesional, prácticas o trabajos relacionada con el objeto de la beca (Hasta un máximo de 5 puntos)

a.5. Conocimiento del idioma ingles (hasta un máximo de 5 Puntos) con la siguiente valoración:

- B1 1 puntos

- B2 2 puntos

- C1 4 puntos

- C2 5 puntos

b) Fase segunda: entrevista personal (0-50 puntos)

Se valorarán especialmente las aptitudes, capacidad de trabajo en equipo, capacidad comunicativa, responsabilidad y habilidades.

Resultará adjudicatario de la beca el candidato que habiendo superado cada una de las dos fases obtenga la mayor puntuación derivada del sumatorio de puntos obtenidos en ambas fases. En caso de empate se situará en primer lugar el de mayor nota media en los estudios exigidos por la resolución de convocatoria

La actividad de formación comenzará en la fecha indicada en la resolución de adjudicación dictada por el Consejero con competencia en medio ambiente u órgano en quien delegue.

El periodo máximo de duración de la beca podrá prorrogarse, a propuesta del tutor de formación designado por la Resolución de convocatoria, sin necesidad de una nueva convocatoria, por nuevos periodos hasta completar un máximo de tres años, contados desde la fecha de incorporación, siempre que existan disponibilidades presupuestarias y el desarrollo de la formación del becario lo requiera o aconseje.

4. Publicidad: Todos los actos y comunicaciones serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, incluido el trámite de subsanación de solicitudes, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 6 de diciembre de 2020.- El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, Alejandro Dorado Nájera.

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