Gobierno de La Rioja

Núm. 173
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 23 de diciembre de 2020
AYUNTAMIENTO DE LEIVA
III..3953

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas, colocación y utilización de contadores

Adoptado por este Ayuntamiento acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas, colocación y utilización de contadores, en sesión plenaria de fecha 22 de octubre de 2020, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo durante el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 147, de 2 de noviembre de 2020, queda definitivamente adoptado el referido acuerdo de aprobación provisional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a continuación se insertan el texto íntegro del acuerdo y la modificación que se efectúa, a todos los efectos legales y especialmente al de su entrada en vigor.

Contra dicho acuerdo y Ordenanza podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 del mencionado Texto Refundido, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Texto íntegro del acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa:

'Punto tercero.- Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche de líneas, colocación y utilización de contadores.

Vista la propuesta de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, en base al estudio de costes efectuado y la recaudación que se viene percibiendo por la tasa referenciada, mediante la que se propone modificar las tarifas vigentes contenidas en el epígrafe 1 del artículo 5 de dicha ordenanza, al objeto de cubrir el coste real del servicio.

Sometido el asunto a votación ordinaria, la Corporación, por unanimidad, y en todo caso, por mayoría absoluta,

ACUERDA

Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, en los términos recogidos en la propuesta corporativa, quedando establecidas las cuotas tributarias como se detalla a continuación

Articulo 5. Cuotas tributarias.

..

Consumo.

Fijas:

Viviendas, industrias y locales, cada seis meses hasta un mínimo de 50 m3: 24,79 euros

Variables:

- Por cada m3 consumido desde 50 m3 hasta 100 m3: 0,33 euros/m3, para industrias, bares, cafeterías o similares, en situación de alta en el I.A.E.

- Resto, por cada m3 consumido desde 50 m3 hasta 100 m3: euros/m3.

- Por cada m3 consumido desde 100 m3 en adelante: 0,51 euros/m3, industrias, bares, cafeterías o similares en situación de alta en el I.A.E..

- Resto, por cada m3 consumido desde 100 m3 en adelante: 0,59 euros/m3.

Segundo. Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días, mediante anuncio que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de La Rioja, a efectos de su examen por los interesados y presentación en su caso de las reclamaciones oportunas.

Tercero. En el supuesto de que no se presentaran reclamaciones durante el citado plazo, se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.'

Leiva a 17 de diciembre de 2020.- La Alcaldesa-Presidente, Ana María Carro Pedreira.

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