Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Transcurrido el plazo para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Cárdenas, en sesión celebrada el 11 de noviembre de 2020, y publicado en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de La Rioja número 156, de 20 de noviembre de 2020, referido a la aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, sin que se haya formulado reclamación alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, se eleva a definitivo dicho acuerdo, insertándose a continuación el texto íntegro del acuerdo y de la ordenanza, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70.2, entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/85.
Contra dicho acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la Ley reguladora de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que se estime pertinente.
Texto extractado del acuerdo de aprobación inicial:
La conveniencia de proceder a la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, de acuerdo con el expediente de su razón, con objeto de proceder a una pequeña actualización de tarifas, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La necesidad de actualizar y equilibrar el coste de la prestación de los servicios citados y la recaudación obtenida, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Los informes de Secretaría Intervención.
Previa deliberación de los presentes, se acuerda:
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza relacionada en los términos contenidos en el expediente, con la redacción que a continuación se recoge:
Artículo 4. Base imponible.
3. El tipo de gravamen será del 3% .
Segundo.- Exponer al público presente acuerdo con todos sus antecedentes en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja, por 30 días hábiles, a fin de que pueda examinarse el expediente y presentar las alegaciones que se estimen oportunas.
Cárdenas a 15 de enero de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Antonio García de Pablo.