Resolución 47/2021, de 21 de enero, de la Consejería de la Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueban las cuotas para la campaña 2020-2021, del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja
Hechos:
Primero.- El Decreto 48/2010, de 17 de septiembre, por el que se crea la 'Corporación de Derecho Público Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja' y se aprueba su reglamento, establece en su artículo 36.3 que 'La Consejería con competencia en materia de calidad agroalimentaria, agricultura y ganadería aprobará anualmente mediante resolución la cuantía de estas cuotas, a propuesta del Consejo Regulador'.
Segundo.- Mediante la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja se aprueba la tasa por la prestación de servicios de certificación y control correspondientes a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Aceite de La Rioja (Tasa 4.01).
Tercero.- En sesión celebrada el 11 de septiembre de 2020, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja, aprueba las cuotas de olivicultores, elaboradores y marquistas para la campaña 2020-2021, en cumplimiento de lo especificado en el artículo 36.3 del Decreto 48/2010, de 17 de septiembre, haciéndose constar en el acta número 65, de 11 de septiembre de 2020.
En virtud de las facultadas que me son legalmente atribuidas,
RESUELVO
Primero. Aprobar las cuotas correspondientes a la campaña 2020-2021 del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceite de La Rioja, que figuran en el anexo que acompaña a esta Resolución.
Segundo. La presente Resolución surtirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 21 de enero de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.
ANEXO
Cuotas Totales:
Cuota anual de olivicultores:
- Cuota fija: 22 euros para todos los olivicultores.
- Cuota variable: 8 euros/ha. para olivicultores que tengan más de 1 hectárea de superficie.
- Cuota de inscripción: 50 euros.
Cuota anual de almazaras:
- Cuota de auditoría planificada y de recogida de toma de muestras: 450 euros.
- Análisis de aceites: 189,92 euros por cada muestra de análisis fisicoquímico + 95 euros por cada muestra de análisis organoléptico (panel de cata).
- Análisis de humedad: 8,44 euros/muestra.
- Cuota variable: 8 euros por cada 1000 litros presentados a certificación.
- Auditoría no planificada: 294,17 euros.
- Segunda recogida toma de muestras: 86,03 euros.
- Cuota de registro: 1.000 euros.
Cuota anual de envasadores/comercializadores:
- Cuota de mantenimiento: 165 euros.
- Cuota de registro: 800 euros (incluye la cuota de mantenimiento del año en el que se realiza la inscripción).
- Cuota anual de comercializadores
- Cuota de mantenimiento: 110 euros.
- Cuota de registro: 300 euros (incluye la cuota de mantenimiento del año en el que se realiza la inscripción).
De las cuotas establecidas, se abonarán a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, las siguientes tasas de control/certificación:
1. Productores:
1.1. Tasa fija: 1,089 euros/Ha.
2. Almazaras, envasadores y comercializadores:
2.1. Auditoría planificada: 239,15 euros.
2.2. Auditoría no planificada: 294,17 euros.
2.3. Recogida de toma de muestras: 86,03 euros/desplazamiento.
2.4. Analítica de muestra:
2.4.1. Análisis físico-químico: 189,92 euros/muestra.
2.4.2. Panel de cata: 95 euros/muestra.
2.4.3. Humedad: 8,44 euros/muestra.