Gobierno de La Rioja

Núm. 36
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 19 de febrero de 2021
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD
III..568

Resolución 4/2021, de 16 de febrero, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se actualiza el baremo de méritos para confeccionar las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad

El artículo 4 de la Orden 3/2016, de 31 de marzo, de

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula la provisión, en régimen de interinidad, de puestos de trabajo docentes no universitarios, dispone que la ordenación de los aspirantes vendrá determinada, dentro de cada lista, por las puntuaciones obtenidas por éstos en aplicación del baremo aprobado en la misma orden, el cual en todo caso debe tener en cuenta como méritos los siguientes conceptos:

I. Calificación obtenida en la fase de oposición, con un máximo de 30 puntos sobre 100.

II. Experiencia docente previa, con un máximo de 36 puntos sobre 100.

III. Formación académica, con un máximo de 10 puntos sobre 100.

IV. Formación permanente y otros méritos, con un máximo de 4 puntos sobre 100.

V. Disponibilidad para trabajar como docente en la Comunidad Autónoma de La Rioja, con un máximo de 20 puntos sobre 100 y10 años.

Dentro de los límites fijados en cuanto a conceptos, proporciones y períodos, se autoriza a la dirección general competente en materia de personal docente a introducir en el baremo las modificaciones imprescindibles para adaptar su contenido a los cambios que se produzcan en el baremo a aplicable a la fase de concurso de los procedimientos selectivos de ingreso.

La Resolución de 16 de enero de 2021, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria; profesores técnicos de formación profesional; profesores de escuelas oficiales de idiomas; profesores de música y artes escénicas; y profesores de artes plásticas y diseño; y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los mencionados cuerpos, ha introducido varias modificaciones en el baremo de méritos a aplicar en la fase de concurso del procedimiento de ingreso en los cuerpos docentes, que es preciso ahora trasladar al baremo aplicable a la ordenación de los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.

En consecuencia, en aplicación de la autorización contenida en el artículo 4.1 in fine de la Orden 3/2016, de 31 de marzo, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Dirección General de Gestión Educativa,

RESUELVE

Primero. Modificar el baremo aprobado por la Orden 3/2016, de 31 de marzo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, para adecuarlo a las modificaciones introducidas en el baremo de la fase de concurso de los procedimientos selectivos de ingreso.

Segundo. Publicar el baremo íntegro actualizado.

Logroño a 16 de febrero de 2021.- El Director General de Gestión Educativa, Emilio Ángel Izquierdo Sáenz.


¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 62% de las personas esto les resultó útil.
Subir