Gobierno de La Rioja

Núm. 37
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 22 de febrero de 2021
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..591

Resolución 126/2021, de 17 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria pública para el ejercicio 2021, de las subvenciones del coste de los seguros agrarios incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados 2021 (extracto)

BDNS: 549633

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/549633)

Primero. Bases Reguladoras.

La Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados. (BOR Núm. 118 de 28 de septiembre de 2012).

Segundo. Objeto.

Se aprueba la convocatoria de subvenciones para las líneas de seguros incluidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2021. Tanto el plazo de suscripción de los seguros como las líneas de seguros, están recogidos en el cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios aprobado el 22 de diciembre de 2020 en Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 24 de diciembre de 2020, así como en la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, publicada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, que tiene como objeto subvencionar el coste de los seguros agrarios incluidos en los planes anuales de seguros combinados.

Tercero. Beneficiarios.

Para ser beneficiarios de la presente convocatoria se han de reunir los requisitos que se determinan en la Orden 19/2012, de 24 de septiembre.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba el gasto para la convocatoria de subvenciones para el año 2021, de las subvenciones del coste de los seguros agrarios concertados, de acuerdo a la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados, por un importe total de tres millones trescientos cinco mil euros (3.305.000 euros), imputándose con cargo a la partida presupuestaria 05.02.01.4122.474.00 'Seguros Agrarios' del presupuesto correspondiente al ejercicio 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los periodos de suscripción establecidos en el Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2021 y se encuentre correctamente cumplimentada.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria.

El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/agricultura/es/gestion-explotaciones/seguros-agrarios)

2 Procedimiento de concesión.

Estas ayudas están contempladas en la Orden APH/23/2018, de 27 de marzo, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y se tramitarán en régimen de concesión directa.

3. Obligaciones.

Los beneficiarios se someterán a las obligaciones establecidas en la Orden reguladora y en el resto de la normativa aplicable.

La subvención para el Plan de Seguros Agrarios 2021 se aplicará según lo establecido en el artículo 4 de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la suscripción de los seguros agrarios incluidos en los Planes anuales de Seguros Agrarios Combinados, conforme a los porcentajes establecidos en la Resolución de convocatoria.

4. Justificación.

Queda establecida en el artículo 13 de la Orden 19/2012, de 24 de septiembre.

5. Notificación de la concesión de la ayuda.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados desde el día siguiente a la presentación por AGROSEGURO ante la Consejería con competencias en agricultura y ganadería de la correspondiente certificación comprensiva de las declaraciones de seguro incluidas en la misma. El vencimiento del mencionado plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Logroño a 17 de febrero de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.

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