Gobierno de La Rioja

Núm. 40
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 25 de febrero de 2021
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
V.B.135

Información pública de la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de instalación de producción de energía eléctrica renovable eólica, de evaluación de impacto ambiental y de su declaración de utilidad pública. (PE20/0000001)

De conformidad con lo establecido en los artículos 53

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
y 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en los artículo 125 y 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, el Decreto 48/1998, de 24 de julio, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, de evaluación de impacto ambiental y declaración en concreto de su utilidad pública, de la instalación cuyas características se señalan a continuación:

a) Peticionario: Molinos de La Rioja, S.A., con C.I.F. A26307736.

b) Lugar donde se va a establecer la instalación: Parajes La Cañada, La Rad y Cañada Arriba de Ocón y Línea en Ocón y Santa Engracia del Jubera.

c) Finalidad de la instalación: Produccion energia eléctrica renovable eólica.

d) Características técnicas:

Instalación Parque Eólico denominado Ausejo-Ocón.

Con potencia nominal 50 MW está formado por 10 aerogeneradores de 5 MW de potencia nominal unitaria, en parajes la Cañada, la Rad y Cañada Arriba.

Líneas eléctricas de parque, centro de seccionamiento, LMAT DC 30kV e infraestructuras de evacuación a SET Colectora, compartida con otras instalaciones, 30/220kV a Santa Engracia 220kV.

Alcanza igualmente a los trabajos de viales, plataformas de montaje, zanjas y red eléctrica subterránea de media tensión entre aerogeneradores y centro de seccionamiento.

La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación de los mismos.

Para ello la empresa peticionaria solicita así mismo la imposición de servidumbre y urgente ocupación sobre los predios que se relacionan en el Anexo I.

Este acto se notificará al peticionario, a los titulares de los bienes y derechos afectados por la declaración de utilidad pública, publicándose en el Boletín Oficial de La Rioja, en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del municipio donde radican los bienes a expropiar, así como en el periódico de mayor tirada provincial, señalando que las citadas publicaciones se realizarán igualmente a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado el proyecto de la instalación en esta Dirección General, sita en calle Prado Viejo, 62 bis de Logroño, y en formato electrónico en la página (www.larioja.org) en el Área temática Industria y Energía / Energía, y dentro de la misma en Información pública de expedientes, enlace:

(https://www.larioja.org/industria-energia/es/energia/energia-electrica/informacion-publica-expedientes)

Y formularse al mismo las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este Anuncio en Boletín Oficial de La Rioja, haciendo referencia al expediente PE20/0000001.

Las alegaciones presentadas previamente a este anuncio, durante la información pública en la fase de competencia, serán tenidas en cuenta como presentadas según lo indicado en el párrafo anterior.

Logroño a 18 de febrero de 2021.- El Director General de Transición Energética y Cambio Climático, Iván Moya Mallafré.

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