Convocatoria de subvenciones a entidades para proyectos de cooperación al desarrollo para el año 2021 (extracto)
BDNS: 553670
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calahorra en sesión celebrada el 8 de marzo de 2021 aprobó las Bases reguladoras de convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades para Proyectos de Cooperación al Desarrollo para el año 2021 (extracto).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Objeto, condiciones y finalidad.
El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la lucha contra la pobreza y a promocionar el desarrollo humano local en los campos de la educación, formación, salud, vivienda, defensa de los derechos humanos, desarrollo económico o infraestructuras que beneficien a comunidades rurales o urbanas y que impliquen la participación activa de dichas comunidades y de sus instancias representativas en su proposición, gestión ejecución y tengan una consideración especial al impacto medioambiental y al uso sostenible de recursos naturales.
Se subvencionarán los proyectos que reúnan las siguientes características:
1.- De acuerdo a su situación geográfica:
Proyectos ubicados en las zonas designadas por las Naciones Unidas en el tramo medio o bajo IDH (Índice de Desarrollo Humano).
2.- De acuerdo a las áreas prioritarias de actuación.
- Depuración y saneamiento de agua: sistemas de abastecimiento de agua y servicios e infraestructuras de saneamiento básico.
- Educación: acceso a la educación, mejora de las infraestructuras educativas, alfabetización de personas adultas, capacitación profesional.
- Salud básica: acciones que aborden la salud de forma integral: reducción de la mortalidad infantil, mejora de la salud sexual y reproductiva, prevención de enfermedades...
- Vivienda: edificación de bajo coste para la integración de sectores que se encuentren en situaciones de exclusión social.
- Empleo: mejora de las condiciones económicas y de generación de ingresos.
3.- En cuanto a la naturaleza de los proyectos.
- Ser autosostenibles y perdurables en el tiempo.
- Participación de los destinatarios en todo el ciclo del proyecto.
- Tener perspectiva de género desde un enfoque transversal.
- Realizar acciones específicas para los sectores de población más desfavorecidos.
- Potenciar el desarrollo ecológico sostenible.
- Potenciar el fortalecimiento de las organizaciones sociales de base comunitaria.
- Buscar el compromiso e implicación institucional de las entidades públicas que correspondan, en el apoyo a dichos proyectos.
Segundo. Crédito Presupuestario.
La cantidad prevista para subvenciones a entidades para Proyectos de Cooperación al Desarrollo para el año 2021 es de 50.000 euros, que se financiarán a cargo de la partida 2317/79000 Cooperación Internacional al Desarrollo. Fondo 0,7, del Presupuesto General vigente y con retención de crédito número 12021000002549.
Tercero. Beneficiarios.
Las Organizaciones, Fundaciones, Instituciones o Asociaciones solicitantes que deseen acogerse a las subvenciones de la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fin según sus propios estatutos o en sus memorias de actividades de años anteriores, la realización de actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y el fomento de solidaridad entre los pueblos.
d) Tener sede legal en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
e) Tener presencia activa en Calahorra, justificada mediante la presentación de memoria de actividades u otro tipo de documentación que avale la misma. A estos efectos se entenderá por presencia activa cuando se cuente de forma permanente con personal de la entidad, con independencia de que el mismo sea contratado o voluntario. Deberá además acreditarse que la entidad ha realizado actividades públicas relacionadas con la cooperación al desarrollo, el fomento de la solidaridad entre los pueblos, educación para la ciudadanía global en el año natural anterior al de la convocatoria. No entendiendo como actividad la simple aparición esporádica de artículos o entrevistas en medios de comunicación.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
g) Haber justificado las subvenciones otorgadas en convocatorias anteriores por el Ayuntamiento de Calahorra en materia de cooperación al desarrollo.
Cuarto. Solicitud y documentación.
Tanto la solicitud como los modelos de documentación exigidos se podrán descargar en la Sede Electrónica de Ayuntamiento, trámites administrativos, 'Convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva a entidades para Proyectos de Cooperación al Desarrollo', que se encuentra en la web (www.ayto-calahorra.es).
Quinto. Plazo de solicitud.
El plazo de presentación será de un mes computable a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de la convocatoria, no obstante, el Ayuntamiento publicará en el Portal de Transparencia la convocatoria.
Sexto. Criterios objetivos de concesión de subvenciones.
La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme al artículo 7 de las Bases Reguladoras.
La puntuación final será el resultado de sumar los puntos obtenidos en la aplicación de cada criterio.
Serán excluidos y no podrán ser financiados los proyectos que:
a) Obtengan menos de 55 puntos.
b) Obtengan menos de 10 puntos en los siguientes criterios: A, C.
El reparto de las subvenciones para aquellos proyectos que hayan superado los 55 puntos, se hará de forma proporcional a la puntuación obtenida, no pudiendo en ningún caso superar el 80 % del presupuesto total del proyecto.
Séptimo. Plazo de realización de realización de las actividades.
El plazo de realización de las actividades que pueden ser subvencionadas será el comprendido entre el 1 de diciembre de 2020 y el 15 de noviembre del 2021.
Octavo. Justificación. Plazo y forma.
La justificación se realizará conforme al artículo 10 de las Bases Reguladoras. La documentación justificativa de la actividad deberá presentarse en los tres meses siguientes a la finalización de las actividades realizadas y, como máximo, antes del 1 de diciembre del 2021.
Noveno. Normativa aplicable.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de bases de ejecución del Presupuesto 2021, y resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y de procedimiento administrativo.
Calahorra a 18 de marzo de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.