Gobierno de La Rioja

Núm. 61
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 26 de marzo de 2021
AYUNTAMIENTO DE CALAHORRA
III..1070

Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la adquisición de material inventariable (extracto)

BDNS: 554601

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calahorra en sesión celebrada el 22 de marzo de 2021 aprobó las Bases reguladoras y convocatoria de subvención en régimen de concurrencia competitiva para la adquisición de material inventariable 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Objeto.

Constituye el objeto de estas subvenciones el fomento, mediante la financiación de los gastos de capital, de la adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable. Se consideran inventariables aquellos bienes directamente relacionados con los fines generales de las entidades beneficiarias, que tengan un período de utilización superior al ejercicio y la posibilidad de identificación individual, para su inclusión en el inventario de bienes de aquellas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra y el Consejo de la Juventud Comarcal de Calahorra.

Tercero. Crédito presupuestario.

El límite presupuestario para la concesión de estas subvenciones en el ejercicio económico del año 2021 será de 10.000 euros imputables a la partida 9201/483. Administración General Subvenciones concurrencia competitiva para diverso material y se harán efectivas contra la RC número 12021000002811.

Cuarto. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se presentarán, de forma obligatoria y tal como señala el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra.

Quinto. Plazo de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Criterios objetivos de Otorgamiento y su ponderación.

La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme al artículo 7 de las Bases Reguladoras. La puntuación final será el resultado de sumar los puntos obtenidos en la aplicación de cada criterio. Será necesario conseguir una puntuación mínima de 50 puntos para poder obtener la subvención.

Séptimo. Justificación. Plazo y forma.

La justificación se realizará conforme al Artículo 10 de las Bases Reguladoras. La documentación justificativa de la actividad deberá presentarse en los 3 meses siguientes a la adquisición del equipamiento objeto de subvención y, como máximo, antes del 1 de diciembre de 2021.




Octavo. Normativa aplicable.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases de ejecución del Presupuesto municipal de 2020 y resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y procedimiento administrativo.

Calahorra a 24 de marzo de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.

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