Resolución 553/2021, de 23 de marzo, de la Dirección General de Función Pública, por la que se declara aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas por la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la formación de la lista de espera para la provisión temporal de plazas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes al Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Técnico Superior de Laboratorio) (LE.02/21)
Por resolución de 4 de febrero
De conformidad con lo establecido en la base 4 de la citada resolución, esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas,
RESUELVE
Primero.- Aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y la de excluidos que figuran como anexos I y II respectivamente a esta resolución, quedando expuesta en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja (www.larioja.org) y, a efectos exclusivamente informativos, en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), apartado 'Bolsas de Empleo Temporal'.
Segundo.- Los aspirantes excluidos u omitidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para subsanar electrónicamente el defecto que ha motivado su exclusión u omisión. La solicitud de subsanación deberá efectuarse exclusivamente por procedimientos electrónicos a través de la siguiente dirección de internet (www. larioja.org/empleopublico) apartado 'Bolsas de Empleo Temporal'.
Las subsanaciones presentadas por los aspirantes se entenderán contestadas con la publicación de la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.
Con el fin de subsanar en tiempo y forma el defecto que motiva la exclusión u omisión, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no solo que no figuran en la relación de excluidos, sino que sus nombres constan en la relación de admitidos.
Tercero.- Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que haya motivado la exclusión o no aleguen la omisión en la relación provisional de admitidos, justificando su derecho a figurar en la misma, serán definitivamente excluidos.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Logroño a 23 de marzo de 2021.- El Director General de Función Pública, Manuel García Jiménez.