Gobierno de La Rioja

Núm. 64
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 31 de marzo de 2021
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
III..1144

Resolución 212/2021, de 4 de marzo, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2021 de las subvenciones para la protección y el mantenimiento de nidos de cigüeña común en la Comunidad Autónoma de La Rioja (extracto)

BDNS: 551987

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Bases reguladoras.

Orden 17/2006, de 12 de septiembre, de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (Boletín Oficial de La Rioja número 128, de 28 de septiembre de 2006), por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la protección y el mantenimiento de nidos de cigüeña común en La Rioja, modificada por la Orden ATP/50/2020, de 21 de agosto.

Segundo. Objeto.

Convocar para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden 17/2006, de 12 de septiembre, que regula el régimen de concesión de subvenciones para la protección y el mantenimiento de nidos de cigüeña común en La Rioja.

Tercero. Beneficiarios.

Conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden 17/2006, de 12 de septiembre, podrán ser beneficiarios aquellos propietarios, o personas en quienes deleguen, de edificaciones de carácter privado sobre las que se asienten uno o varios nidos de cigüeña común.

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba el gasto correspondiente la convocatoria para el año 2021 de las subvenciones para la protección y el mantenimiento de nidos de cigüeña común en La Rioja, por un importe total de treinta y tres mil ciento un euros (33.101 euros), con cargo a las siguientes partidas del presupuesto del año 2021:

09.07.4711.471 Proyecto 80702.2 (1.000 euros)

09.07.4711.481 Proyecto 80702.2 (32.101 euros)

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se podrán presentar hasta el 21 de mayo de 2021.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja:

(https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=01347)

2. Solicitudes: Las solicitudes se ajustarán al modelo de anexo que se adjunta a la Resolución de la convocatoria y estará disponible en la Dirección General de Biodiversidad (calle Pradoviejo, 62 bis, Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (calle Beti Jai, 1, Logroño), o en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org/medioambiente), en el apartado Subvenciones.

Las solicitudes y documentación se dirigirán al Director General de Biodiversidad, pudiendo presentarse en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano de La Rioja, en el Registro Auxiliar de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica; o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos, así como en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org)

Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, están obligados a presentar la solicitud en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), en el área temática de medio ambiente.

En caso de presentación electrónica, si el interesado no dispone de dirección electrónica habilitada en el sistema de notificaciones electrónicas de esta Administración, debe tramitar el alta en la dirección web (www.larioja.org/notificaciones), o bien solicitarle al órgano competente en el modelo de comunicación previa que tramite dicha alta, para lo cual debe indicar una cuenta de correo electrónico personal para el aviso de la puesta a disposición de una notificación.

3. Documentación: Junto a la solicitud se deberá presentar la documentación que se recoge en el artículo 7 de la Orden 17/2006, de 12 de septiembre.

4. Procedimiento de concesión: Concesión directa conforme a lo previsto en los artículos 8 y 9 de la Orden 17/2006, de 12 de septiembre.

5. Concesión y notificación de la ayuda: La Resolución del procedimiento detallará los beneficiarios a los que se concede la subvención, así como la desestimación del resto de las solicitudes, conteniendo la cuantía concedida. Se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses a partir de a partir del 21 de mayo de 2021. La práctica de dicha notificación se ajustará a lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 4 de marzo de 2021.- El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, Alejandro Dorado Nájera.

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