Gobierno de La Rioja

Núm. 67
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 8 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE SALUD Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
III..1232

Resolución 4/2021, de 1 de abril, de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba el Plan estratégico de subvenciones de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno para el periodo 2021-2023

Vistos:

1. El Plan Estratégico de Subvenciones

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
de la Consejería de Salud para el periodo 2018-2020, cuya vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2020.

2. El «Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno para el periodo 2021-2023», elaborado por la Secretaría General Técnica considerando las propuestas de los diferentes órganos de la Consejería que gestionan subvenciones.

3. Los informes preceptivos de la Dirección General de Control Presupuestario emitidos con fecha 16/03/2021 y 29/03/2021.

4. La propuesta de resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, en la que se propone la aprobación, publicación y difusión del Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2021-2023.

Fundamentos de derecho:

Primero. Artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 10 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y artículo 178 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre de Hacienda Pública de La Rioja, en los que se especifica la obligación, para los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, de concretar, con carácter previo, en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segundo. Artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen Jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el que se recalca la obligatoriedad referida en el fundamento anterior y se establece que, con carácter previo a su aprobación, el Plan estratégico deberá ser informado por la Dirección General con competencias en materia de planificación presupuestaria. Del mismo modo, se significa en el mismo artículo que «corresponderá a los Consejeros, en el ámbito propio de sus competencias, la aprobación del Plan estratégico (............) [la cual] no podrá ser objeto de delegación».

Tercero. Decreto 45/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno y sus funciones en desarrollo de la ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Cuarto. Ley 1/2021, de 29 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2021.

En consecuencia, la Consejera de Salud y Portavocía del Gobierno, vistas las normas citadas y demás de común y pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno para el periodo 2021-2023, de acuerdo con el Anexo que se adjunta a la resolución.

Segundo. Ordenar la publicación y difusión de dicho Plan Estratégico de Subvenciones.

Logroño a 1 de abril de 2021.- La Consejera de Salud y Portavoz del Gobierno, Sara Alba Corral.

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