Gobierno de La Rioja

Núm. 69
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 12 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..1293

Resolución 276/2021, de 6 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación de personal técnico en "Sistemas de Información Geográfica" (extracto)

BDNS: 556036

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/556036)

Primero. Bases Reguladoras.

La Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas en las distintas material del ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 106, de fecha 21 de agosto de 2020).

Segundo. Objeto.

Dicha beca tiene por objeto impulsar la formación técnica en materia de información geográfica y adquirir y/o consolidad y desarrollar conocimientos en esta área, para su empleo como herramienta y complemento a la formación, considerando su potencialidad y utilidad para el análisis y estudio de diversas disciplinas del conocimiento del territorio, ya sea mediante la incorporación de variables espaciales, así como el manejo de información fotogramétrica y/o la georreferenciada.

Tercero. Beneficiarios.

Por las características del objeto de la beca, podrán solicitar la presente beca de formación preferentemente los titulados en ingeniería o arquitectura, topografía y/o geomática, geografía, ciencias ambientales o por cualquier otra titulación universitaria con contenidos formativos relacionados con aspectos relevantes de ordenación y planificación del territorial, topografía y/o geomática, debiendo cumplir los requisitos determinados en el artículo 2 de la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto

Cuarto. Cuantía.

Se aprueba para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2022 el gasto por un importe de 14.044,92 con cargo a la partida presupuestarias 05.04.2612.484, de los ejercicios 2021 y 2022, según detalle:

2021: 7.022,46 euros

2022: 7.022,46 euros

Total: 14.044,92 euros

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b, 20.8.a y 23.2.g de la ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos de interés.

1.- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24716)

2.- Solicitudes y Documentación.- Las solicitudes se presentarán en el impreso normalizado disponible en la oficina electrónica de la página Web del Gobierno de La Rioja http://www.larioja.org/es, y vendrá acompañada de copia del currículo y el expediente académico, así como cuantos documentos estimen convenientes para acreditar sus conocimientos en la materia, según el artículo 6.1 de la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población.

Las solicitudes, junto con la documentación se dirigirán a la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población y deberá presentarse en los siguientes lugares:

- Oficina Auxiliar de Registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, avenida de La Paz, 8-10 y Marqués de Murrieta número 76 de Logroño

- Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (calle Beti Jai, de Logroño).

- En cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja.

- Por cualquiera otra de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, (Boletín Oficial de La Rioja número 144, de 9 de noviembre de 2004), por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos.

3.- Procedimiento de concesión.- Tal y como se establece en el artículo 1 de la Orden reguladora se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Para la concesión de esta ayuda y conforme a lo previsto en los artículos 5, 7 y 8 de la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en las distintas materias del ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, las solicitudes se evaluarán y seleccionarán atendiendo al baremo asignado a los siguientes criterios:

1) Fase primera: Valoración de méritos por la Comisión de Valoración, a la vista de la documentación presentada por cada solicitante. Se valorará este apartado de 0 a 50 puntos.

a) Expediente académico-

Para su valoración se considerará la nota media (N) de los expedientes aportados, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2.a.1 de la Orden ATP/48/2020, de 15 de agosto.

a.1) Valoración correspondiente al título requerido en el apartado tercero de esta convocatoria, por la nota media, (hasta un máximo de 10 puntos)

a.2) Valoración del nivel académico de la formación contemplada en el apartado tercero de la convocatoria, (hasta un máximo de 18 puntos)

Doctorado universitario oficial ......................................................................10 + N x 0,8 puntos

Master universitario oficial o equivalente (=360 ECTS). ..............................07 + N x 0,6 puntos

Grado universitario oficial o equivalente (=240 ECTS) ................................03 + N x 0,4 puntos

a.3) Otros títulos académicos oficiales no requeridos en esta convocatoria con contenido formativos relacionados con los diferentes aspectos de la ordenación y planificación del territorial, topografía y/o geomática, en proporción a la nota media (N), (hasta un máximo de 8 puntos).

Doctorado universitario oficial ........................................................................N x 0,8 puntos

Master universitario oficial o equivalente (=360 ECTS)................................. N x 0,6 puntos

Grado universitario oficial o equivalente (=240 ECTS).................................. N x 0,4 puntos

b) Cursos de formación relacionados con la materia de la beca, de duración igual o superior a 10 horas, impartidos por centros oficiales y entidades o centros reconocidos.

b.1) Cursos de formación relacionados con conocimientos específicos en sistemas de información geográfica, bases de datos espaciales e infraestructura de datos espaciales, fotogrametría, teledetección aplicaciones de información geográfica y/o sus lenguajes de programación, (hasta un máximo de 5 puntos)

Duración igual o superior a 10 horas .............................................1,00 puntos

Duración igual o superior a 20 horas............................................. 1,50 puntos

Duración igual o superior a 30 horas .............................................2,00 puntos

Duración igual o superior a 40 horas............................................. 2,50 puntos

Duración igual o superior a 80 horas............................................. 4,00 puntos

b.2) Experiencia profesional o prácticas debidamente acreditada en temas objeto de la beca (hasta un máximo de 3 puntos)

Publicaciones realizadas .................................................................1,00 puntos

Prácticas ..........................................................................................1,50 puntos

Experiencia laboral acreditada hasta ..............................................1,75 + 0,1 x meses puntos

En la valoración de la experiencia laboral, se considerará el tiempo en meses completos de fecha a fecha.

c) Conocimiento del idioma inglés acreditados (hasta un máximo de 3 puntos)

Cursos escuela oficial de idiomas o equivalente MCER

Segundo curso aprobado o A2...........................................................1 puntos

Cuarto curso aprobado o B2..............................................................2 puntos

C1 o superior 3 puntos

d) Otros cursos de formación relacionados con diferentes aspectos de la ordenación y planificación del territorial, topografía y/o geomática, no contemplados en el aparatado b.1) y conocimientos en aplicaciones de ofimática, bases de datos, fotografía, redes y periféricos y/o sensores, (hasta un máximo de 3 puntos)

Duración igual o superior a 10 horas ...............................................0,20 puntos

Duración igual o superior a 20 horas............................................... 0,30 puntos

Duración igual o superior a 30 horas............................................... 0,40 puntos

Duración igual o superior a 40 horas................................................0,50 puntos

Duración igual o superior a 80 horas............................................... 1,00 puntos

2) Fase segunda: entrevista personal y presencial. Se valorarán especialmente los conocimientos teóricos y prácticos sobre el tema objeto de la beca, la capacidad de trabajo en equipo y la capacidad comunicativa responsabilidad y habilidades. Esta entrevista será valorada de 0 a 50 puntos.

Resultará adjudicatario de la beca el candidato que habiendo superado cada una de las dos fases y obtenga la mayor puntuación derivada del sumatorio de puntos obtenidos en ambas fases. En caso de empate se situará en primer lugar el de mayor nota media obtenida en los estudios exigidos en el apartado tercero del presente extracto.

4.- Publicidad.- Todos los actos y comunicaciones serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, incluido el trámite de subsanación de solicitudes, de conformidad con lo previsto el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 6 de abril de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.

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