Gobierno de La Rioja

Núm. 74
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 19 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y GOBERNANZA PÚBLICA
III..1442

Resolución 18/2021, de 15 de abril, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se realiza la convocatoria pública, para el ejercicio 2021, de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público (extracto)

BDNS: 557877

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/557877)

1. Objeto.

Convocatoria de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la ejecución de obras de mejora de la accesibilidad de las personas en las vías públicas urbanas, en los edificios públicos y en otros espacios abiertos de uso público.

2. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones todos los municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las cuatro entidades locales menores reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3. Bases reguladoras.

Las establecidas en la Orden 5/2017, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los municipios y a las entidades locales menores, para la mejora de la accesibilidad en la red viaria y en otros espacios de uso público, modificada por Orden SSG/11/2021, de 23 de marzo.

4. Cuantía.

La cuantía máxima de subvención que podrá reconocerse a cada Entidad Local será de 15.000 euros, sin superar el 80 por ciento del importe de la inversión que tenga por objeto la subvención, salvo cuando se destine a financiar la adaptación total o parcial de los edificios públicos en que la cuantía máxima será de 30.000 euros, manteniendo el porcentaje referido.

5. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días hábiles contados desde el día siguiente al de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

6. Forma de presentación de la solicitud.

La solicitud de subvención se formulará de acuerdo con el modelo de Anexo I. Este documento estará disponible en la página web del Gobierno de La Rioja.

La presentación de la solicitud, junto con la documentación adicional, se realizará a través de Ofivir, la Oficina virtual de la Administración Autonómica, para el registro de entrada de documentos. El acceso a Ofivir se localiza en el área de "Administración Local" de la ventana "Oficina Electrónica: Trámites", de la página web del Gobierno de La Rioja.

7. Documentación adicional.

Junto con la solicitud deberá presentarse un ejemplar del proyecto técnico o de la memoria técnica, según corresponda, fotografías descriptivas del estado actual del área de actuación, un certificado expedido por un técnico competente sobre la adecuación de las actuaciones a los requisitos y criterios establecidos por la normativa en vigor en materia de accesibilidad, un certificado de Secretaría de aprobación del proyecto técnico y de disponibilidad de los terrenos, y un certificado del acuerdo de aprobación del plan de accesibilidad, en el caso de que se disponga del mismo.

8. Justificación de la subvención.

El plazo para justificar la aplicación de las subvenciones terminará el día 29 de octubre de 2021.

La publicación de este extracto tiene por objeto hacer efectiva la convocatoria para la concesión de las subvenciones, en los términos de la Resolución extractada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Logroño a 15 de abril de 2021.- El Consejero de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, Pablo Rubio Medrano.

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