Gobierno de La Rioja

Núm. 75
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 20 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
III..1458

Resolución 529/2021, de 14 de abril, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se refunden y modifican los Planes Estratégicos de Subvenciones de las Consejerías de Hacienda y Gobernanza Pública para el periodo 2020-2022

VISTOS

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
:

- El artículo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros.

- El artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- El Informe de la Dirección General de Control Presupuestario, de fecha 22 de marzo de 2021.

- El Informe final de la Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración Pública, de 12 de abril de 2021.

El Consejero, en uso de las facultades que tiene conferidas,

RESUELVE

Aprobar la refundición y modificación de los Planes Estratégicos de Subvenciones de las antiguas Consejerías de Hacienda y Gobernanza Pública para el periodo 2020-2022, de acuerdo con los Anexos que se adjuntan a la presente resolución.

Logroño a 14 de abril de 2021.- El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Celso González González.



ANEXO I

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

1. Antecedentes y Fundamento Jurídico.

Con fechas 13 de marzo (Boletín Oficial de La Rioja número 31) y 3 de julio (Boletín Oficial de La Rioja número 81), se publicaron los planes estratégicos de las entonces Consejerías de Hacienda y Gobernanza Pública, respectivamente.

El cambio operado en el ámbito competencial y orgánico, que resultó de la aprobación del Decreto de la Presidenta 6/2020, de 24 de agosto, por el que se modifican las competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fijadas en el Decreto 6/2019, de 29 de agosto, y en el Decreto 16/2019, de 7 de octubre, aconseja la adecuación de los referidos planes a la nueva estructura administrativa.

Fruto de la mencionada reorganización, de acuerdo con los nuevos objetivos programáticos y a propuesta de los centros directivos, se propone la modificación de los planes de referencia, para añadir líneas de subvención no contempladas en los mismos y suprimir aquellas otras que no se consideran pertinentes o cuya gestión ha sido asumida por otra Consejería.

Por su parte, el artículo 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja establece que 'los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.' Por tanto, se puede establecer la obligatoriedad de la aprobación por parte de esta Consejería del Plan Estratégico y la inclusión de los elementos citados anteriormente. A su vez, el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el mismo artículo del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de la Rioja establece la necesidad de la concreción en un documento de las líneas de actuación en materia de subvenciones de la Consejería.

El plan de referencia, compendia los objetivos a lograr y los recursos a emplear en la consecución de esos objetivos, en el marco el Programa de Gobierno y en su estructura de Ejes y Objetivos Estratégicos. El desarrollo de las líneas fundamentales de la acción subvencional en el citado marco se dirige a satisfacer las necesidades actuales que se traducen en una revisión de los anteriores contenidos

2. Ámbito competencial del Plan Estratégico de Subvenciones

Identificado por tanto el alcance programático del Plan, es conveniente señalar que el mismo recoge las líneas subvencionales que tras la reorganización administrativa operada por el Decreto de la Presidenta 6/2020, de 24 de agosto, por el que se modifican las competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, fijadas en el Decreto 6/2019, de 29 de agosto, y en el Decreto 16/2019, de 7 de octubre, corresponden al ámbito competencial de esta Consejería.

3- Ámbito Temporal.

Se mantiene la vigencia de los planes refundidos y modificados, esto es para el periodo 2020-2022. Ello se debe a la necesidad de acompasar la vigencia de las líneas ya aprobadas en su momento con los marcos presupuestarios previstos para las mismas, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja; siguiendo de este modo el criterio de la Intervención General de la Comunidad Autónoma

4.- Ámbito Procedimental

Habida cuenta de que mediante la presente resolución como se ha expuesto en el primer apartado de la misma, se refunden y modifican los planes referidos que ya fueron oportunamente informados por la Dirección General de Control Presupuestario, y se ha emitido nuevo informe relativo a las líneas que se incorporan.

5.-Líneas que se añaden y Líneas que se suprimen.

A propuesta de la Dirección General de Fondos Europeos y de la Oficina de Bruselas, se introduce una línea de ayudas consistente en Premios de distinta índole, cuya finalidad es promover y fomentar el conocimiento de la Unión Europea, sus políticas y sus valores entre los jóvenes y la sociedad de la Rioja, proponiéndose la supresión de la línea Subvención para la sensibilización en materia de Unión Europea .

Así mismo se modifica la anteriormente llamada 'Subvención que financia las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Acción Exterior', que pasa a ser 'Subvención que financia las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea', circunscribiendo el objeto de su actuación al concreto ámbito de la Unión Europea .

En cuanto a las líneas de Subvenciones relativas a la materia de Igualdad, mantienen de forma transitoria su vigencia, hasta tanto no sea aprobado el Plan Estratégico de la Consejería competente, esto es, la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030.

En cuanto al área de las subvenciones en materia de medios de Comunicación, la Secretaría General Técnica a propuesta de la Oficina de la Presidenta, ha decidido suprimir las líneas correspondientes a las subvenciones para el fomento de realización de auditorías de audiencia en soportes publicitarios de carácter digital y las subvenciones para el fomento de proyectos editoriales de prensa escrita en medios locales y comarcales.

6.-Líneas de Subvención que integran el Plan Estratégico de Subvenciones.

Las líneas de subvenciones incluidas en este Plan Estratégico son las incluidas en los siguientes bloques: Ayudas en materia de Medios de Comunicación, Subvención en materia de Rehabilitación de personas con trastornos asociados a los Juegos de Azar, Becas de formación en el ámbito de la Actividad Estadística, Ayudas en materia de Acción Exterior, Actuaciones en materia de Acción Sindical y por último Subvenciones relativas a Centros en el Exterior y Casas Regionales Internacionales y Exterior .

El primer bloque de Ayudas, son las derivadas de las competencias de la Consejería, en materia de Comunicación y Publicidad Institucional. Suprimidas las líneas anteriormente citadas, este bloque lo integran:

1. Subvenciones para la Producción y Emisión de Contenidos Audiovisuales

2. Convenio de colaboración con la Asociación de Empresas de Comunicación de La Rioja 'A Crear'

3. Convenio de colaboración con la Asociación de Informadores Gráficos de Prensa y Televisión de La Rioja para el impulso y Consolidación de información y contenidos gráficos en el marco del derecho a la información

El segundo bloque está integrado por una única línea, propuesta por la Dirección General de Tributos, es la subvención a las asociaciones riojanas que se encarguen de la rehabilitación de personas con trastornos psicológicos asociados a los juegos de azar. El artículo 44 la Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del juego y apuestas que establece que 'La recaudación obtenida por los ingresos provenientes de las multas y sanciones previstas en la ley se destinará, preferentemente, a la financiación de los programas de prevención y rehabilitación de ludópatas, y a programas sociales, educativos y de salud pública de carácter general. La línea que financia esta actuación viene determinada por:

4. Subvención a las Asociaciones Riojanas que se encarguen de la rehabilitación de personas con trastornos psicológicos asociados a los juegos de azar.

El siguiente bloque como el anterior, estaría integrado por una sola línea de subvención. En este caso se propone por la Subdirección General de Estadística de la Rioja y su objeto es financiar becas de formación tanto de personal técnico como de personal investigador que se realicen en el ámbito de la actividad estadística oficial.

5. Subvención de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación tanto de personal técnico como de personal investigador que se realicen en el ámbito de la actividad estadística oficial.

En materia sindical, la Dirección General de Función Pública gestiona la subvención mediante el Convenio entre el Gobierno de La Rioja y las organizaciones sindicales en materia de Acción Sindical como consecuencia de los acuerdos alcanzados entre el Gobierno de La Rioja y las Centrales Sindicales suscribientes de los mismos. La fuente de financiación de esta subvención son los Presupuestos Generales de la Comunidad y la línea es:

6. Acción Sindical: concesión y gestión de las ayudas que la Comunidad Autónoma de La Rioja otorga a las Organizaciones Sindicales para sus gastos derivados de la acción sindical por su participación en las mesas de negociación, comisiones o foros.

En el ámbito de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, con el objeto de fomentar las actividades que supongan un mayor conocimiento de la cultura, la historia y las tradiciones de La Rioja, se sufragan las subvenciones para financiar las a los Centros Riojanos, así como de las Casas Regionales. La fuente de financiación de estas subvenciones son los Presupuestos Generales.

7. Ayudas para los Centros Regionales Riojanos y a Centros Riojanos en el Exterior.

8. Ayudas para las Casas Regionales

El último bloque de Ayudas se propone y gestiona por la Dirección General de Fondos Europeos y de la Oficina de Bruselas. Estas Ayudas en materia de Acción Exterior, la integran dos líneas:

9. Subvención que financia las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea.

10. Premios para el fomento conocimiento de la Unión Europea, sus políticas y sus valores del conocimiento de la Unión Europea y sus valores.



ANEXO II

ACTUACIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

1.- Subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales.

A. Partida presupuestaria: 2020.1212.1812.470.00

B. Objetivos: consolidar la programación televisiva original relacionada con elementos culturales o sociales, actividad económica, eventos deportivos, y cualquier otra que se refiera a la actividad de la sociedad riojana. Se entiende por programación original aquella que no consista en la mera reemisión de programas televisivos cuya difusión se haya realizado o se esté realizando por otro medio.



C. Indicadores: número de beneficiarios.

- Previsión año 2020: dos beneficiarios.

- Previsión año 2021: dos beneficiarios.

- Previsión año 2022: dos beneficiarios.

D. Justificación: Una vez notificada la resolución de concesión, los beneficiarios de la subvención podrán solicitar en un plazo de 15 días naturales un anticipo del 50% de la misma, previa constitución de la garantía de conformidad con el artículo 13 de la Orden 3/2016, de 29 de agosto, de concesión de subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales de ámbito autonómico y local.

Tras la ejecución de los proyectos deberá realizarse y acreditarse mediante cuenta justificativa del gasto en el plazo que fije la resolución de convocatoria.

En el plazo previsto en la convocatoria, el beneficiario presentará la solicitud de pago acompañada de los documentos que se detallan a continuación, en original, copia compulsada o copia con declaración responsable:

- Memoria final del proyecto objeto de la subvención, que incluirá la valoración del cumplimiento de los objetivos previstos.

- Declaración de otras ayudas e ingresos obtenidos para los programas objeto de subvención, justificando, en su caso, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a la actividad subvencionada.

- Tabla justificativa de gastos. Los beneficiarios de ayudas deberán confeccionar una tabla que contendrá la relación de gastos ordenada por grupos contables y detallará para cada uno de ellos: el concepto al que corresponde, acreedor, importe total (IVA excluido), porcentaje de imputación al proyecto, importe asignado al proyecto (IVA excluido) y fecha de pago. Los gastos relacionados en esta tabla estarán numerados de forma correlativa en la misma.

- La tabla justificativa de gastos se remitirá en papel y en soporte informático accesible, y junto a ella se presentará una carpeta con las facturas originales y fotocopia compulsada u otro tipo de documentos con valor probatorio equivalentes justificativos de aquellos gastos.

- Las facturas y demás documentos justificativos de gasto se deberán enumerar de forma correlativa y presentarse en el mismo orden que el que figura en la tabla de justificación de gastos. Junto a cada factura o documento justificativo de gasto, deberá adjuntarse el documento acreditativo de su pago.

La justificación del gasto de la Seguridad Social se realizará mediante la presentación de los TC1 y TC2 oficiales. En el caso de subcontratación de actividades necesarias para el desarrollo del proyecto subvencionado, las facturas emitidas por los subcontratistas contendrán un desglose suficiente para poder identificar de forma clara las actividades por las que se imputan los costes, de tal manera que se permite la subcontratación en los términos del artículo 29 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.

-Justificante de tres ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa de contratos del sector público para el contrato menor, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Si transcurrido el plazo para la realización de las actividades, el beneficiario no acredita su finalización, justifica adecuadamente el gasto realizado, se entenderá renuncia expresa a las cantidades concedidas.

Una vez realizadas las comprobaciones de los apartados anteriores, los pagos se calcularán en función de la inversión justificada. La autoridad competente examinará la solicitud de pago y la justificación presentada por el beneficiario y determinará los importes que resulten subvencionables tras la realización de los controles administrativos.

E. Periodicidad de la subvención: anual.

F. Modalidad de concesión: concurrencia competitiva.

G. Procedencia de los fondos: autonómica.

H. Plazo: Año 2020-2022.

I. Cuantía subvención:

2020: 600.000,00 euros.

2021: 600.000,00 euros.

2022: 600.000,00 euros.

2.-Subvención que financia el convenio de colaboración a suscribir entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y la asociación de empresas de comunicación de La Rioja, 'A Crear'.

A. Partida presupuestaria: 1212.1812.48400

B. Objetivos: financiar acciones divulgativas y formativas dirigidas a los ciudadanos de La Rioja; a la organización de actividades e iniciativas que contribuyan al reconocimiento y buenas prácticas de empresas , instituciones y ciudadanos en materia de comunicación y publicidad; y al desarrollo de actuaciones que permitan el fortalecimiento del sector de la comunicación y la creatividad.

C. Indicadores: Número de acciones divulgativas y formativas dirigidas a los ciudadanos de La Rioja.

-Previsión año 2020: cuatro acciones.

-Previsión año 2021: cuatro acciones.

-Previsión año 2022: cuatro acciones.

D. Justificación: Antes de la fecha prevista en el convenio que se firme, se emitirá por el beneficiario memoria justificativa, comprendiendo los siguientes documentos:

- Certificación expedida por persona legalmente autorizada en la asociación, en la que se acredite que la asociación no ha recibido otras subvenciones o ayudas públicas.

- Memoria explicativa de las actuaciones realizadas en cumplimiento del objeto y fines del convenio.

- Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la ejecución del gasto del convenio.

- Facturas y justificantes de los gastos realizados.

E. Periodicidad de la subvención: anual.

F. Modalidad de concesión: concesión directa.

G. Procedencia de los fondos:

H. Plazo: Año 2020-2022.

I. Cuantía subvención:

2020: 10.000,00 euros

2021: 10.000,00 euros

2022: 10.000,00 euros

3.- Subvención que financia el Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la asociación de informadores gráficos de prensa y televisión de La Rioja, para el impulso y consolidación de la información y contenidos gráficos en el marco del derecho a la información.

A. Partida presupuestaria: 1212.1812.48600

B. Objetivos: esta subvención financia el convenio tiene éste por objeto establecer y regular la colaboración entre la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, y AIG para el desarrollo de actividades e iniciativas de la citada asociación.

C. Indicadores: números de convenios suscritos.

- Previsión año 2020: uno.

- Previsión año 2021: uno.

- Previsión año 2022: uno.

D. Justificación: se abonarán las cantidades aportadas por el Gobierno de La Rioja a la asociación AIG en un único pago, una justificados por ésta los gastos. Con la fecha límite que se establezca en el convenio la asociación presentará a la Consejería de Hacienda la siguiente documentación:

- Certificación expedida y firmada electrónicamente por persona legalmente autorizada en la asociación.

- Memoria explicativa de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto y fines del presente convenio.

- Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la ejecución del objeto del convenio.

- Facturas y justificantes de los gastos realizados.

E. Periodicidad de la subvención: anual.

F. Modalidad de concesión: concesión directa.

G. Procedencia de los fondos: autonómica.

H. Plazo: Año 2020-2022.

I. Cuantía subvención

2020: 5.000,00 euros

2021: 5.000,00 euros

2022: 5.000,00 euros


ACTUACIONES EN MATERIA DE REHABILITACIÓN DE ADICCIONES AL JUEGO

4.- Subvención a las Asociaciones riojanas que se encarguen de la rehabilitación de personas con trastornos psicológicos asociados a los juegos de azar.

A. Partida presupuestaria: 12.04.9231.480

B. Objetivos: Subvención a las asociaciones riojanas que se encarguen de la rehabilitación de personas con trastornos psicológicos asociados a los juegos de azar. Actividades propias de su objeto social: terapias y labores de formación e información tanto del jugador como de su ámbito familiar y social y concretado en intervenciones terapéuticas presenciales, telefónicas y vía e-mail, tanto individuales como grupales.

C. Indicadores:

1. Indicador de género:

- Previsión año 2020: no discriminación de participantes por género

- Previsión año 2021: no discriminación de participantes por género

- Previsión año 2022: no discriminación de participantes por género

2. Número de pacientes atendidos:

- Previsión año 2020: 20 pacientes atendidos

- Previsión año 2021: 20 pacientes atendidos

- Previsión año 2022: 20 pacientes atendidos

3. Número de familias de pacientes entrevistadas:

- Previsión año 2020: 15 familias de pacientes entrevistadas.

- Previsión año 2021: 15 familias de pacientes entrevistadas.

- Previsión año 2022: 15 familias de pacientes entrevistadas.

4. Número de terapias realizadas:

- Previsión año 2020: 150 terapias realizadas.

- Previsión año 2021: 150 terapias realizadas.

- Previsión año 2022: 150 terapias realizadas.

5. Realización de actividades diferentes a las terapias.

- Previsión año 2020: una actividad.

- Previsión año 2021: una actividad.

- Previsión año 2022: una actividad.

D. Justificación: se explican cómo y cuándo son las terapias llevadas a cabo y en iguales términos las convivencias desarrolladas.

E. Periodicidad de la subvención: anual

F: Modalidad de la concesión: directa

G: Procedencia de los fondos: autonómica

H: Plazo: Año 2020-2022.

I: Cuantía de la subvención:

2020: 15.000,00 euros

2021: 15.000,00 euros

2022: 15.000,00 euros


ACTUACIONES EN EL ÁMBITO ESTADÍSTICO

5.- Subvención de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación tanto de personal técnico como de personal investigador que se realicen en el ámbito de la actividad estadística oficial y que sean promovidas por la Consejería de Hacienda.

A. Partida presupuestaria: 12.02.9251.480

B. Objetivos: concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación tanto de personal técnico como de personal investigador que se realicen en el ámbito de la actividad estadística oficial y que sean promovidas por la Consejería de Hacienda.

C. Indicadores:

- Número de becarios de formación:

- Previsión año 2020: un becario.

- Previsión año 2021: un becario.

- Previsión año 2022: un becario.

- Jornadas de formación organizadas en el ámbito estadístico en las que participan los becarios:

- Previsión año 2020: dos jornadas.

- Previsión año 2021: dos jornadas.

- Previsión año 2022: dos jornadas.

- Proyectos en la que participan los becarios:

- Previsión año 2020: un proyecto.

- Previsión año 2021: un proyecto.

- Previsión año 2022: un proyecto.

D. Justificación: El abono de la subvención se efectuará una vez justificado el gasto en el tiempo y forma establecido en la orden de convocatoria y realizada, en su caso, la comprobación de la labor efectuada por el centro gestor.

E. Periodicidad de la subvención: Abono mensual, tras la justificación por el tutor de prácticas.

F: Modalidad de la concesión: directa

G: Procedencia de los fondos: autonómica

H: Plazo: Año 2020-2022.

I: Cuantía de la subvención

2020: 9.000,00 euros

2021: 9.000,00 euros

2022: 9.000,00 euros


ACTUACIONES EN ACCIÓN SINDICAL

6. Acción Sindical.

A. Partida presupuestaria: 12.09.9112.480

B. Objetivo: Regulación de la concesión y gestión de las ayudas que la Comunidad Autónoma de La Rioja otorga a las Organizaciones Sindicales para sus gastos derivados de la acción sindical por su participación en las mesas de negociación, comisiones o foros, en aplicación del artículo 35.1 del Acuerdo para el personal funcionario y 36.1 del Convenio Colectivo para el personal laboral para el período 2008/2011, así como el apartado V del Acuerdo en materia de acción sindical de 9 de octubre de 2015, modificado parcialmente mediante Acuerdo de fecha 13 de diciembre de 2019.

C. Justificación: mediante una única relación detallada de las facturas, y no varias en caso de existir varias federaciones pertenecientes a un mismo beneficiario, donde se haga constar la fecha de la factura, el órgano emisor y la cuantía total del gasto.

D: Periodicidad: anual.

E: Modalidad de la concesión: subvención directa.

F: Procedencia de los fondos: autonómica

G: Plazo: Año 2020-2022

H: Cuantía de la subvención

Previsión 2020: 264.427,00 euros

Previsión 2021: 264.427,00 euros

Previsión 2022: 264.427,00 euros


ACTUACIONES PARA EL FOMENTO DE LAS ACTIVIDADES QUE SUPONGAN UN MAYOR CONOCIMIENTO DE

LA CULTURA, LA HISTORIA Y LAS TRADICIONES DE LA RIOJA.

7. Ayudas para los Centros Regionales Riojanos y a Centros Riojanos en el Exterior.

A. Partidas presupuestarias: 1201.1411.48100

1201.1411.49000

1201.1411.78100

1201.1411.79000

B. Objetivos: Financiar los gastos derivados de la realización de las actividades que supongan un mayor conocimiento de la cultura, la historia y las tradiciones de La Rioja, o actividades encaminadas a lograr una mejor relación y una mayor integración de sus miembros, los gastos derivados del funcionamiento de dichos centros y colectividades, así como los que deriven de la adecuación de sus sedes sociales para la realización de sus actividades.

C. Indicadores: Número de actividades de promoción turística.

D. Justificación: Documentación justificativa de las actividades desarrolladas.

E. Periodicidad de la subvención: anual

F: Modalidad de la concesión: concurrencia competitiva

G: Procedencia de los fondos: autonómica

H: Plazo: Año 2020-2022

I: Modalidad de Pago: Anticipo del 80%

J: Cuantía de la subvención

Previsión año 2020: 232.000,00 euros

Previsión año 2021: 250.000,00 euros

Previsión año 2022: 250.000,00 euros

8. Ayudas para las Casas Regionales

A. Partida presupuestaria: 1201.1411.48100

B. Objetivos: Mantener los vínculos existentes con las federaciones y casas de otras regiones. Fomentar la participación en la vida social y cultural de La Rioja de personas procedentes de otras comunidades, estrechar las relaciones entre las distintas Comunidades Autónomas y La Rioja, y potenciar el desarrollo de actividades destinadas a la promoción cultural y turística de los territorios que representan estas entidades en La Rioja.

C. Indicadores:

- Número de Actividades de Promoción.

- Casas regionales participantes.

D. Justificación: Documentación justificativa de las actividades desarrolladas.

E. Periodicidad de la subvención: anual

F: Modalidad de la concesión: concesión directa

G: Procedencia de los fondos: autonómica.

H: Plazo: Año 2020-2022

I: Cuantía de la subvención

Previsión año 2020: 10.000 euros

Previsión año 2021: 10.000 euros

Previsión año 2022: 10.000 euros


ACTUACIONES EN MATERIA DE ACCIÓN EXTERIOR

9. Subvención que financia las becas para la formación de especialistas en asuntos relacionados con la Unión Europea.

A. Partida presupuestaria: 1205.1411.480.

B. Objetivos: concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para la formación en el ámbito de la Unión Europea.

C. Indicadores:

1. Número de becarios:

- Previsión año 2021: dos becarios.

- Previsión año 2022: dos becarios.

2. Número de jornadas de formación con participación de becarios:

- Previsión año 2021: tres jornadas.

- Previsión año 2022: tres jornadas.

3. Número de proyectos con participación de becarios:

- Previsión año 2021: dos proyectos.

- Previsión año 2022: dos proyectos.

D.- Justificación: Los abonos de las subvenciones se efectuará previa acreditación por parte del tutor del correcto desempeño de la beca.

E.- Periodicidad de la subvención: abono mensual, tras la justificación de la formación llevada a cabo.

F.- Modalidad de la concesión: concurrencia competitiva

G.- Procedencia de los fondos: autonómica, sin perjuicio de la posibilidad de financiar las actuaciones a través del FSE o FSE Plus.

H.- Plazo: Años 2021-2022.

I.- Cuantía de la subvención:

2021: 18.000,00 euros

2022: 18.000,00 euros

10.- Premios de sensibilización en materia de Unión Europea: Europa en mis ojos', 'Europa en tu palabra', 'Europa en tu objetivo' y 'Europa en tus redes'

A.- Partida presupuestaria: 1205.1411.488.

B.- Objetivos:

- Mejorar conocimiento en materia de UE de la sociedad riojana.

- Mejorar conocimiento Instituciones europeas y su funcionamiento.

- Mejorar el conocimiento de las diferentes políticas de la UE desarrolladas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

C.- Indicadores.

1.- Número de participantes en concurso Europa en mis ojos:

- Previsión año 2021: 120

- Previsión año 2022: 140

2.- Número de participantes en concurso Europa en tu palabra

- Previsión año 2021: 50

- Previsión año 2022: 60

3.- Número de participantes en concurso 'Europa en tu objetivo'

- Previsión año 2021: 100

- Previsión año 2022: 110

4.- Número de participantes en concurso 'Europa en tus redes'

- Previsión año 2021: 100

- Previsión año 2022: 110

D.- Justificación: Se trata de diversos premios exentos de justificación.

E.- Periodicidad de la subvención: anual.

F.- Modalidad de la concesión: concurrencia competitiva.

G.- Procedencia de los fondos: autonómica, pero pueden recibir financiación a través de Europe Direct como medidas de comunicación de los diferentes programas operativos

H.- Plazo: Años 2021-2022.

I.- Cuantía de la subvención (suma del valor económico de los diversos premios):

2021: 50.000,00 euros

2022: 50.000,00 euros

ACTUACIONES EN MATERIA DE IGUALDAD (vigentes hasta tanto sea aprobado el PES de la Consejería de Igualdad, Participación y Agenda 2030)

Ayudas en materia de Igualdad.

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