Gobierno de La Rioja

Núm. 78
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 23 de abril de 2021
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACIÓN
III..1513

Resolución 257/2021, de 6 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se modifica la Resolución 1258/2020, de 22 de diciembre, por la que se convocan las ayudas para el 2021 a la instalación de jóvenes agricultores (extracto)

BDNS: 541263

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/541263)

Primero. Antecedentes.

Con fecha 22 de diciembre de 2020 la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población dictó Resolución 1258/2020, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se aprueba la convocatoria pública 2021 de las ayudas para la incorporación de jóvenes agricultores. El extracto de dicha convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja número 1, de 4 de enero de 2021. Junto con la resolución de convocatoria se aprobó el Anexo número III de producciones y rendimientos agrarios.

Posteriormente, con fecha 25 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden APA 1250/2020, de 18 de diciembre, que incluía la renta de referencia para el año 2021.

Dicha renta de referencia se ha incrementado notablemente para el año 2021 hasta 30.622,23 euros. Este incremento unido al de los años anteriores hace que los datos y los cálculos indicados en la tabla de dicho anexo generen situaciones incoherentes a la hora de efectuar el cálculo de viabilidad de las explotaciones, ya que para ser beneficiario de la ayuda, la orden de bases reguladoras de la ayuda exige que esta renta unitaria de trabajo sea superior al 35% de la renta de referencia. Por lo tanto, cualquier variabilidad en la renta de referencia influye directamente en el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de las explotaciones, especialmente de aquellas con rentas unitarias de trabajo más ajustadas.

Estas subidas de la renta unitaria de trabajo no han venido acompañadas de cambios en los valores del citado Anexo, por tanto, es importante modificar los valores del Anexo empleados para calcular la renta unitaria de trabajo y así ajustar los valores a la realidad socio-económica de las explotaciones.

Segundo. Objeto.

En base a lo expuesto anteriormente se modifica el Anexo III de la Resolución 1258/2020, por la que se convocan las ayudas para el año 2021 a la instalación de jóvenes agricultores.

Tercero. Efectos.

La presente Resolución será aplicable a las solicitudes presentadas durante el plazo ordinario de presentación de solicitudes de la convocatoria 2021 y surtirá efectos desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cuarto. Otros datos de interés.

Convocatoria.- El texto íntegro de la modificación de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=16207)

Logroño a 6 de abril de 2021.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, Eva Hita Lorite.

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