Resolución 22/2021, de 16 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones para las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el curso escolar 2020/2021 (extracto)
BDNS: 558275
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios.
Las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. Objeto.
Subvenciones para el desarrollo del servicio de acogida matinal en el curso 2020/2021.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 31/2006, de 27 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos para el desarrollo del servicio de acogida matinal en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 143, de 31 de octubre)
Cuarto. Importe.
Importe total de 58.000,00 euros. Importe máximo por beneficiario: Máximo por grupo de acogida matinal 1.450,00 euros, en el caso de que existan más de dos grupos la cuantía máxima será de 2.900,00 euros y nunca podrá ser superior al gasto de la actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
Solicitud: disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=14427) de la página web del Gobierno de La Rioja. Presentación vía telemática.
Documentación: la prevista en la base tercera de la Resolución de convocatoria.
Forma de pago: el primer pago en concepto de anticipo, será del 50 % de la ayuda concedida y se tramitará tras la resolución de concesión con cargo a los presupuestos de 2021. El resto del importe se ingresará tras la correcta justificación de la actividad realizada.
Plazo de justificación: según lo previsto en la base sexta de la convocatoria será el 30 de julio de 2021.
Logroño a 16 de abril de 2021.- El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro María Uruñuela Nájera.