Gobierno de La Rioja

Núm. 78
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 25 de junio de 2014
CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
III..4720

Notificación de la resolución en el expediente 2013/00308

De conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y para que sirva de notificación a Álvarez Pradas, Manuel que por resolución de esta Dirección, de fecha 16 de mayo de 2014, dictada en el expediente 2013/00308, por la que se le sanciona con multa de 602 euros por infracción de los artículos 111.1 de la Ley 2/2002 de 17 de abril, artículo 35 de la Ley 14/86 de 25 de abril; artículo 50.1.a), b) y e) de la Ley 17/2011 de 5 de julio y artículos 2.1.1, 3.3.4 y 3.3.6 del R.D. 1945/83 de 22 de junio, la que se considera como grave, según lo dispuesto en los artículos 111.3.e) Ley 2/2002 de 17 de abril, artículo 35.B.2ª de la Ley 14/86 de 25 de abril, artículo 51.2.ptos 3º, 9º, 10º, 12º y 18º de la Ley 17/2011 de 5 de julio; por incumplimiento de lo regulado en: Artículos 4.1.b) y 7 y Anexo II, Sección I.A.4 del Reglamento (CE) nº 853/2004 de 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo; por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

Artículo 18 del Reglamento (CE) nº 178/2002 de 28 de enero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria. Artículo 6.2 de la Ley 17/2011 de 5 de julio de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Artículo 5 del Real Decreto 1334/99 de 31 de julio por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

Advirtiéndole que la presente Resolución no agota la vía administrativa, pudiendo si desea impugnarla, interponer contra la misma Recurso de Alzada ante el Consejero de Salud y Servicios Sociales, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación.

Se le notifica asimismo, que transcurrido el plazo sin interponer Recurso de Alzada, deberá hacer efectivo el importe de la sanción por ingreso directo en BANKIA Nº ES63 2038 7494 82 600008724.

Logroño a 19 de junio de 2014.- José Miguel Acitores Augusto, Director General de Salud Pública y Consumo.

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