Gobierno de La Rioja

Núm. 119
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 21 de junio de 2021
AYUNTAMIENTO DE VENTROSA
III..2257

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal y reguladora de acceso y uso de la piscina municipal

Adoptado por este Ayuntamiento en sesión de 6 de noviembre de 2020, acuerdo provisional de la modificación de la ordenanza fiscal y reguladora de acceso y uso de la piscina municipal.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de treinta días de exposición al público, efectuada mediante anuncio publicado en el Boletín oficial de La Rioja número 93, de 13 de mayo de 2021, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la ordenanza fiscal y reguladora de acceso y uso de la piscina municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Primero.- Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora y reguladora de acceso y uso de la piscina municipal, con la redacción que a continuación se recoge:

Artículo 4. Cuota tributaria.

Existen dos modalidades de acceso a la piscina, mediante el pago de una cuota anual o de una cuota diaria.

a) Cuota anual: se establece un bono anual con una cuota de veinticinco euros (25,00 euros) al que pueden optar:

a1) Aquellos vecinos en situación de alta en el Padrón de Habitantes a la fecha de pago del bono.

a2) Propietarios de inmuebles de cualquier clase en la localidad que no se hallen de alta en el Padrón de Habitantes, extensible para sus ascendientes, cónyuges, parejas de hecho o de derecho, y descendientes.

b) Cuota diaria: se establece una cuota diaria de cuatro euros (4,00 euros) sin restricción de domicilio o empadronamiento.

c) Acceso libre para menores de cero a cinco años (inclusive).

Segundo.- Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Tercero.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

Ventrosa a 16 de junio de 2021.- El Alcalde-Presidente, Carlos Fernández Rueda.

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