Convocatoria de concesión de subvenciones para la creación en el término municipal de Logroño de nuevas iniciativas económicas. Año 2021 (extracto)
BDNS: 571453
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios.
Empresarios individuales o agrupaciones de estos (sociedades civiles), sociedades mercantiles y de economía social.
Segundo. Objeto.
Modalidad A (Nueva Iniciativa): concesión de subvención destinada a financiar parcialmente la creación de microempresas que inicien una actividad económica y se instalen en el término municipal de Logroño.
Modalidad B (Iniciativa Innovadora en La Villanueva): concesión de subvención destinada a financiar parcialmente la creación de empresas o nuevas líneas de negocio innovadoras en el término municipal de Logroño, en el área denominada La Villanueva.
Tercero. Bases Reguladoras.
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación en el término municipal de Logroño de nuevas iniciativas económicas aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de mayo de 2021 (Boletín Oficial de La Rioja número 104 , de 28 de mayo de 2021).
Cuarto. Cuantía.
- Cuantía total: 100.000 euros.
Modalidad A: 60.000 euros
Modalidad B: 40.000 euros
- Cuantía máxima por beneficiario: De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 Bases Reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde las 9:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja y hasta las 14:00 horas día 30 de septiembre de 2021.
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria: el texto íntegro de la convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño, en el siguiente enlace http://www.logroño.es/wps/portal/web/inicio/unidadesMunicipales/empleoComercio/subvenciones
- Solicitudes: se presentarán a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Logroño o en los restantes lugares y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Documentación: La prevista en el artículo 5 de las Bases Reguladoras.
- Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 3 de las Bases Reguladoras.
- Forma de pago: De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de las Bases Reguladoras.
- Forma de justificación: De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.
Logroño a 24 de junio de 2021.- El Alcalde, Pablo Hermoso de Mendoza González.