Gobierno de La Rioja

Núm. 128
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 1 de julio de 2021
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
III..2407

Resolución 666/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se convoca para el año 2021 la subvención regulada en la Orden 2/2007, de 8 de octubre, de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para las actividades de formación, promoción y difusión en materia de transportes (extracto)

BDNS: 571544

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Bases reguladoras.

Orden 2/2007, de 8 de octubre, de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas, por la se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para las actividades de formación, promoción y difusión en materia de transportes (Boletín Oficial de La Rioja número 138 de 16 de octubre de 2007).

Segundo. Objeto.

Convocar para el ejercicio 2021 las subvenciones de concesión directa reguladas en la Orden 2/2007, de 8 de octubre, de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones para actividades de formación, promoción y difusión en materia de transportes.

Tercero. Beneficiarios.

Entidades, instituciones y las organizaciones jurídicas económicas, públicas o privadas sin fines de lucro, cualquiera sea su forma jurídica y organización, que desarrollen actividades a financiar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Cuarto. Cuantía.

El gasto aprobado es de veinticinco mil euros (25.000 euros) que se imputará a la partida presupuestaria 09.02.4411.480.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

1. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=03227)

2. Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la Dirección General de Infraestructuras, calle Marqués de Murrieta 76, de Logroño, en el Servicio de Atención al Ciudadano, calle Beti Jai 1, de Logroño o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org)

3. Documentación: La prevista en el apartado 3 del artículo 5 de la Orden 2/2007, de 8 de octubre.

4. Periodo a subvencionar por las actividades realizadas: Se subvencionaran actividades realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2020 y 31 de octubre de 2021.

5. Procedimiento de concesión: Concesión directa.

6. Plazo para presentar la documentación relativa a la justificación: Los beneficiarios de la subvención deberán presentar en el plazo de 10 días desde la terminación de la actividad subvencionada, la documentación establecida en el artículo 10 de la Orden. Si en el momento de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja la actividad ya hubiese terminado, deberá presentarse la documentación justificativa de la subvención junto con la solicitud.

Logroño a 23 de junio de 2021.- El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, Alejandro Dorado Nájera.

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