Gobierno de La Rioja

Núm. 131
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 6 de julio de 2021
CONSEJERÍA DE SALUD Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
III..2527

Resolución 14/2021, de 2 de julio, de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, de convocatoria, para el ejercicio 2021, las ayudas económicas, con carácter de subvención, a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociosanitarios (extracto)

BDNS: 573314

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573314)

Primero. Beneficiarios.

Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de bases reguladoras.

Segundo. Objeto.

Incentivar el desarrollo a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociosanitarios.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden SAL/34/2021, de 18 de junio, de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociosanitarios (Boletín Oficial de La Rioja número 121 de 23 de junio de 2021).

Cuarto. Importe.

Total año 2021: Trescientos setenta y dos mil euros (372.000,00 euros) Imputación presupuestaria: 2021/06.01.3141.48000

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos de interés.

Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/oficina-electronica, área temática Salud.

Procedimiento de concesión: Se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo que establece el artículo 22.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de Subvenciones en el Sector Público de La Comunidad Autónoma de La Rioja.

Solicitudes: Los impresos se pueden obtener accediendo a la página web del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/oficina-electronica.

Documentación: Junto con la solicitud, las entidades interesadas deberán presentar la documentación establecida en el artículo número seis de las bases reguladoras.

Criterios de concesión: Los previstos en el artículo nueve de las bases reguladoras.

Forma de pago: Según lo previsto en el artículo trece de las bases reguladoras.



Plazo de justificación: Conforme el artículo trece de las bases reguladoras.

Logroño a 2 de julio de 2021.- La Consejera de Salud y Portavoz del Gobierno, Sara Alba Corral.

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