Resolución 14/2021, de 2 de julio, de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, de convocatoria, para el ejercicio 2021, las ayudas económicas, con carácter de subvención, a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociosanitarios (extracto)
BDNS: 573314
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/573314)
Primero. Beneficiarios.
Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de bases reguladoras.
Segundo. Objeto.
Incentivar el desarrollo a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociosanitarios.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden SAL/34/2021, de 18 de junio, de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas sociosanitarios (Boletín Oficial de La Rioja número 121 de 23 de junio de 2021).
Cuarto. Importe.
Total año 2021: Trescientos setenta y dos mil euros (372.000,00 euros) Imputación presupuestaria: 2021/06.01.3141.48000
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/oficina-electronica, área temática Salud.
Procedimiento de concesión: Se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo que establece el artículo 22.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de Subvenciones en el Sector Público de La Comunidad Autónoma de La Rioja.
Solicitudes: Los impresos se pueden obtener accediendo a la página web del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/oficina-electronica.
Documentación: Junto con la solicitud, las entidades interesadas deberán presentar la documentación establecida en el artículo número seis de las bases reguladoras.
Criterios de concesión: Los previstos en el artículo nueve de las bases reguladoras.
Forma de pago: Según lo previsto en el artículo trece de las bases reguladoras.
Plazo de justificación: Conforme el artículo trece de las bases reguladoras.
Logroño a 2 de julio de 2021.- La Consejera de Salud y Portavoz del Gobierno, Sara Alba Corral.